RCR, 14 de agosto de 2020.– La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Marianella Ledesma, consideró que la demanda de inconstitucionalidad contra la ley que suspende el cobro de peajes, presentada por el Ejecutivo ante ese organismo para su votación este martes 25 de agosto, es un caso importante porque plantea la discusión para determinar si una norma legal puede suspender los contratos de concesión en las vías.
“Este caso es importante, porque es la primera vez que el Congreso remite una ley creada y sustentada de manera virtual, pero a la vez plantea temas de discusión para decidir si se puede suspender los contratos de concesión en las vías a través de una ley, como, por ejemplo, si el Ejecutivo es el único que en estado de emergencia dar medidas orientadas a la sanidad o al tránsito. Los fallos cuando son de interés general como es este caso, tienen que ser abiertos para que la ciudadanía sepa cómo se vota, quién vota y cuáles son los argumentos de cada magistrado”, dijo a través de Red de Comunicación Regional (RCR).
Remarcó que el martes 25 de agosto los magistrados del TC deliberarán sobre esta demanda de manera pública. “Ya lo hemos hecho en el caso del cierre del Congreso, la deliberación fue pública y todos miraron hasta la forma en que votaba cada uno, ya lo hemos hecho en el tema de los toros y las peleas de gallos y ahora vamos a hacerlo en el tema de la suspensión de los peajes”, subrayó.
“Una de las cosas que era tabú en la administración de justicia era que la deliberación que hacíamos los siete magistrados del tribunal se hacía a puertas cerradas y de manera reservada. Los proyectos que se debatían iban encriptados con claves para evitar que se filtren. Hoy eso se rompió, desde que he asumido la presidencia esas deliberaciones son públicas y los proyectos se van a colgar en las redes para que la población opine sobre el tema”, comentó.
Señaló que el tema legislativo que está expresada en una ley, por lo mismo que genera u impacto para toda la población, para todos los ciudadanos, para todas las personas jurídicas, debe ser definido bajo tras un debate y una deliberación que permita al final, de forma razonada y no de manera emocional y subjetiva, establecer reglas que permitan un mayor bienestar para todos los ciudadanos.
“Hay que recordar que vivimos en un modelo republicano que busca el bienestar para todos y por tanto las leyes deben estar orientadas a ese objetivo. Las leyes están generadas y consensuadas a través de reglas que están en la Constitución y ésta señala que es lo que puede y que es lo que no puede hacer un congresista, al igual que el Ejecutivo y el Tribunal Constitucional”, indicó.
“Una primera reflexión es saber si lo que está haciendo el Congreso está dentro de esos márgenes de atribución que la Constitución le da. La segunda reflexión es si dentro de esas atribuciones se está actuando con la debida razonabilidad, profesionalismo, ecuanimidad y ponderación que debe existir al crear una ley para todos los ciudadanos. Eso se lo dejo al razonamiento de cada congresista y cada bancada”, agregó.
TC garantiza derechos fundamentales
Ledesma destacó que el TC también está en una posición de concretar los derechos fundamentales y que no queden en una mera declaración. “Lo trascendente es lo siguiente: comúnmente cuando algún ciudadano se ve afectado en algún derecho, como fue el caso de la ciudadana María Antonia Díaz Cáceres de Tinoco, el tribunal no solo da tutela a la persona, sino que piensa que hay varias personas igual que ella que están en esa misma condición. Son ciudadanos que buscan un servicio público y el Estado les da un servicio no en el idioma que hablan sino en el idioma castellano”, dijo.
“El Tribunal Constitucional exige que el servicio público se dé en el idioma preponderante en la zona. Si el idioma preponderante es el asháninca o en aimara o en quechua. La Constitución señala en el artículo 48 que no hay un idioma oficial, hay varios idiomas oficiales y serán los idiomas preponderantes en la zona”, manifestó.
“El tribunal llama la atención y dice que no es posible que en una zona predominantemente quechuahablante se dé el servicio público en un idioma castellano, que no es el idioma oficial de la zona. Y eso se le dijo hace dos años a la Municipalidad de Carhuaz y hemos venido a preguntar a esa municipalidad cuanto ha avanzado, cuanto ha cambiado el servicio público, que está haciendo para dar el servicio público en el idioma preponderante de la zona”, añadió.
Resaltó la necesidad de reconocer que el Perú es pluricultural y multilingüístico. “Por lo tanto, tenemos que dar su espacio y valor a las lenguas predominantes de estos entornos, porque el Perú es multirracial y multifacético. Es la primera vez que el tribunal está generando estas audiencias de supervisión. Comúnmente estas sentencias se llamaban estructurales, porque se buscaba remover al sistema de administración pública”, manifestó.
“Ya hemos dado un paso más, ya no solo hay que dar una sentencia donde se llame la atención al tema de la educación rural, en el tema de las cárceles, al tratamiento de salud, al tema de los quechuahablantes, sino que ahora el tribunal por primera vez ha empezado la política de supervisar a los funcionarios si es que están cumpliendo o no estos mandatos constitucionales”, anotó.
Aseveró que “en muchos casos los funcionarios no estaban acostumbrados a que el tribunal les pida cuentas de cuanto han avanzado”. “En algunos casos de manera acelerada, como sea, faltando un par de semanas, han tratado de corregir, de ver como cumplen estas sentencias. Existe una falta de comunicación entre los organismos, el cumplimiento no ha sido a cabalidad, pero por lo menos hemos puesto la mirada en el tema que nos ha preocupado”, afirmó.
Puso como ejemplo otro caso. “La Constitución señala que la educación es un derecho básico y fundamental, para que la persona pueda cambiar y tenga una mejor opción de vida en su desarrollo personal y profesional. El caso era de dos hermanas que tenían más de 18 años y querían estudiar secundaria, pero en la zona donde vivían, Alto Amazonas, en Bagua, para ir a un Centro de Educación Básica Alternativa (Ceba) tenían que transitar dos horas por trocha y dos horas un camino afirmado para llegar a la escuela”, puntualizó.
“Ellas se lograron matricular en una escuela inicial, que estaba a una hora de camino, pero la Ugel no le reconocía sus estudios, porque decía que tenían que estudiar en el Ceba. Fueron al tribunal a pedir la tutela del derecho a la educación y el tribunal dio la razón a estas hermanas. Hace dos años el tribunal ordeno al Ministerio de Educación generar un plan en las zonas rurales para atender el servicio educativo en estas zonas”, remarcó.