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SUNEDU AMPLÍA EL PLAZO MÁXIMO PARA EL OTORGAMIENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE UNIVERSIDADES EN PROCESO DE CESE

  • Más de 1830 estudiantes de universidades con licencia denegada que tienen pendiente la obtención de su grado y/o título se beneficiarán con esta ampliación.
  • Aproximadamente un 44% de los bachilleres provenientes de universidades no licenciadas aún no han tramitado su título universitario.

Lima, 17 de octubre de 2024.- La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) dispuso la ampliación excepcional del plazo máximo para el otorgamiento de grados y títulos a universidades que se encuentran en proceso de cese de actividades. Esta medida busca beneficiar a los más de 1830 estudiantes de universidades con licencia denegada que tienen pendiente la obtención de su grado o título.

Teniendo en cuenta el principio del interés superior del estudiante, en los últimos meses la Sunedu, a través de la Unidad de Verificación del Servicio Educativo Superior Universitario, ex Dirección de Supervisión, desplegó acciones de supervisión que le permitieron identificar que para algunas universidades no licenciadas el periodo máximo para emitir grados y títulos no ha sido suficiente. Así, se advirtió situaciones de egresados y bachilleres que no lograron iniciar o culminar los trámites correspondientes para la obtención de sus grados académicos y/o títulos profesionales dentro de dicho periodo.

La Sunedu identificó que más de 1830 estudiantes tienen pendiente la obtención de su grado y/o título, pues las universidades con licencia denegada aún no han trasladado su acervo académico a la superintendencia o porque están en la etapa de emisión de grados y títulos.

Esta situación también generaba un potencial riesgo para miles de egresados de universidades que se encuentran en proceso de cese de actividades. Se identificó que un total de 59013 bachilleres provenientes de universidades con licencia denegada aún no han tramitado su título, lo que representa un 44% de estudiantes con grado pendiente de titulación.

Ante esta situación, la Sunedu dispuso hoy, a través de la Resolución del Consejo Directivo N°0030-2024-SUNEDU-CD, que las universidades que se encuentran en proceso de cese de actividades a la entrada en vigencia de la presente resolución pueden optar por una ampliación excepcional de hasta por 18 meses adicionales al periodo para el otorgamiento de grados y títulos, a partir del cumplimiento de los 24 meses que establece el Reglamento de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado.

Para tal efecto, las universidades que opten por acogerse a esta ampliación deben de informar su nuevo plazo máximo para el otorgamiento de grados y títulos, siendo comunicado en un periodo no menor a un mes anterior a la fecha de cumplimiento de los 24  meses que establece el referido reglamento.

Para aquellas universidades que, a la fecha de publicación de la resolución, cuenten con el plazo cumplido para el otorgamiento de grados y títulos, esto es, vencido el periodo de los 24 meses y, que no haya trasladado el acervo académico parcial ni totalmente a la Sunedu, la oportunidad para informar sobre su acogimiento a la ampliación excepcional, es dentro de los siguientes treinta 30 días hábiles desde la publicación de la citada resolución.

Se establece también que las universidades que hayan otorgado grados y títulos con posterioridad al plazo de 24 meses que establece el Reglamento de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado se considerarán como otorgados válidamente, siendo estos reconocidos y susceptibles de registro por parte de esta superintendencia.

La Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario se encargará del diseño e implementación de estrategias específicas para la supervisión con la finalidad de que los grados y títulos sean efectivamente otorgados.

Vale indicar que luego del plazo de cese de actividades, las universidades no licenciadas deben dedicarse al otorgamiento y registro ante la Sunedu de los grados y/o títulos de sus egresados, dentro del plazo máximo de 24 meses establecidos en el Reglamento de cese, pero se evidenció que este plazo no resultó suficiente para atender las solicitudes de los egresados.

Además de las acciones de supervisión, en los últimos meses la Sunedu también recibió solicitudes formales de universidades para que se les permita emitir grados y/o títulos con posterioridad al plazo máximo de otorgamiento de grados y títulos establecido en el Reglamento de cese; y para permitir el registro en la Sunedu de grados y/o títulos emitidos después del plazo de cese.

Fuente: SUNEDU