Fuente: Diario El Comercio
Defensa de Hernando Graña Acuña anunció que presentará un nuevo recurso ante juez de primera instancia Richard Concepción
La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Sala Penal Nacional rechazó el pedido de los ex directivos de la constructora Graña y Montero, José Graña Miró Quesada y Hernando Graña Acuña, quienes presentaron un recurso para variar la orden de prisión preventiva por 18 meses en su contra por la de comparecencia.
La resolución fue firmada por los magistrados Edita Condori, Sonia Torre y Rómulo Carcausto.
Los ex directivos son investigados por los presuntos delitos de colusión agravada y lavado de activos, respectivamente, por el Caso Odebrecht.
Graña Miró Quesada y Graña Acuña habían apelado la orden de prisión preventiva, pero su solicitud fue declarada inadmisible por el juez Richard Concepción Carhuancho, quien sostuvo que no se detalló explícitamente su pedido en el escrito respecto a la medida dictada por su juzgado el 4 de diciembre del año pasado.
En la apelación, el tribunal superior rechazó la variación de la orden de prisión. El colegiado argumentó que no se anexaron los documentos pertinentes para sustentar el pedido de libertad.
Tras la liberación de los otros procesados Fernando Camet (JJ Camet) y José Castillo Dibós (ICCGSA), el 19 de enero, y la variación del arresto domiciliario de Gonzalo Ferraro Rey (Graña y Montero) por comparecencia simple, Graña Miró Quesada y Graña Acuña pidieron ser liberados.
Sus abogados plantearon que se les haga extensiva la resolución que benefició a los otros empresarios, basándose en el artículo 408 del Código Procesal Penal. Este artículo indica que se “permite la extensión de los efectos favorables de la decisión judicial a los investigados no impugnantes”.
No obstante, la sala de apelaciones rechazó la solicitud basándose en dos aspectos.
El primero, según la sala, es que las medidas y apelaciones de prisión son “personalísimas”, por lo que no cabía realizar la extensión de un beneficio dado a terceros.
El colegiado explica también que los abogados solicitaron una audiencia para evaluar la aplicación de la extensión de la resolución. Sin embargo, consideran que aceptar tal requerimiento supondría analizar una decisión por la cual ya se pronunciaron en su resolución del 27 de diciembre del 2017, en la que se declaró inadmisible la apelación de la prisión preventiva hecha por Grana Miró Quesada y Graña Acuña.
“De aceptarse esta posibilidad, se tendría que debatir si la decisión judicial presenta motivación favorable con relación a los hoy solicitantes –es decir, debatir lo ya decidido–, hecho que no es de recibo para este colegiado”, señala la resolución.
Sophia Icaza, abogada de Hernando Graña Acuña, comentó a El Comercio que la decisión de la sala no es de fondo y que solo está señalando que el procedimiento para la extensión de la resolución no es jurídicamente viable en segunda instancia.
“En buena cuenta, la sala nos dice: ‘pídelo, pero no en esta instancia porque no existe un procedimiento para hacerlo’”, comentó.
En ese sentido, anunció que presentarán un recurso de «cesación» de la prisión preventiva de los ex directivos de Graña y Montero ante el juez de primera instancia, Richard Concepción.
Precisó que el requerimiento estará acompañado de la resolución que revocó las medidas contra Fernando Camet, José Castillo Dibos y Gonzalo Ferraro.
“Vamos a pedirlo al juez Concepción Carhuancho, vía una cesación, que es una suerte de variación de la prisión preventiva, porque ya la sala, al revisar la prisión preventiva para los otros tres, consideró que no se dan los presupuestos de peligro procesal que sustenten una prisión preventiva”, sostuvo.
Icaza dijo que espera que, bajo el principio de “a igual razón igual derecho”, le corresponda a su patrocinado Graña Acuña obtener la libertad con los mismos argumentos que los otros investigados.
“Los empresarios están privados de su libertad, pese a que esos argumentos que motivaron la prisión preventiva nunca existieron y lo ha dicho la sala”, concluyó.