RCR, 31 de enero 2018.- La Sala Nacional de Apelaciones de Apurímac declaró infundado el recurso de apelación formulado por los ciudadanos Victalín Huillca, Nancy Enríquez, y Silvestre Arredondo, quienes interpusieron una demanda de Habeas Corpus contra DS 101-2017-PCM, que prorrogó el Estado de Emergencia en los distritos de Chalhuahuacho y Mara de la provincia de Cotabambas, Apurímac, así como en el distrito de Capacmarca, provincia de Chumbivilcas, Cusco.
En noviembre del año pasado, los citados ciudadanos habían solicitado ante el Poder Judicial el inmediato levantamiento del Estado de Emergencia en las mencionadas localidades, argumentando que no existía motivo para continuar con dicha medida de excepción, debido a la inexistencia de perturbación de la paz y del orden interno.
Cabe señalar que el Juzgado de Investigación Preparatoria de Cotabambas, había declarado improcedente dicha solicitud, mediante la Resolución emitida en ese entonces.
Habiendo sido impugnado dicho fallo por los demandantes, la Sala Nacional de Apelaciones en sentencia de segunda instancia, mediante Resolución N° 12 de fecha 25 de enero del 2018, confirmó la sentencia en todos sus extremos de manera unánime.
Adjunta documento…