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OBRAS DE SANEAMIENTO

OBRAS DE SANEAMIENTO

Una de las carencias más álgidas que soportan nuestras poblaciones, sin que ninguna se salve, es la del agua potable y la disposición de las aguas servidas, o sea desagües.
En la capital del país, esto es Lima, incluyendo a la Provincia Constitucional del Callao, hay millones de personas que carecen de agua y desagüe. Cuanto más humildes y alejadas son sus viviendas, cuesta muchísimo más dotarlas de lo señalado, pues las poblaciones periféricas están en cerros y llevar allí el agua evidentemente es más oneroso, requiriéndose muchas veces hasta plantas de bombeo, lo que también sucede con los desagües.
Las localidades con reducida población, son también difíciles de atender con los servicios a los que nos referimos, por lo costosas que resultarían las obras.
Es conocido que, ante la carencia de servicio público de agua y alcantarillado, las personas menos favorecidas por la fortuna, son las que más recursos económicos gastan para tenerlas, pues reciben el agua de camiones cisterna a costos prohibitivos y sin garantía de salubridad, con lo cual son vehículos de cuantas enfermedades se nos pueden ocurrir.
Por otro lado, las aguas servidas se llevan al mar, lagos y ríos, con lo cual su contaminación ha llegado a niveles incontrolables.
Debido a la pandemia que nos ha afectado, muchas de las obras de saneamiento y de dotación de agua potable fueron interrumpidas y muchas de las que estaban proyectadas, simplemente se dejaron de lado.
Para solucionar la situación, y teniendo en consideración que una de las fórmulas más prácticas de reactivación económica es el gasto público y mejor cuando es inversión, se dictó el Decreto de Urgencia N° 102-2021 en octubre del año pasado, mediante el cual se identificaron muchísimas pequeñas obras de saneamiento por todo el Perú, para cuya ejecución se determinaron recursos presupuestarios vía transferencias y, se adoptó un procedimiento especial para la selección de los proyectistas y ejecutores de las obras.
Se tuvo la previsión que el Sistema Nacional de Control, efectúe el control preventivo y concurrente para las obras de saneamiento, sin perjuicio del control posterior a cargo de la Contraloría General de la República.
El Decreto de Urgencia emitido, fue también puesto en conocimiento del Congreso de la República, a finde que pudiese realizar la correspondiente fiscalización.
Cuando algunos granujas, que penosamente nunca faltan, se coludieron con autoridades gubernamentales y municipales, para contratar las obras, evadiendo procedimientos u otorgando beneficios indebidos, muchos han saltado hasta el techo, señalando como causa de todo ello, la dación del hoy tan conocido Decreto de Urgencia N!° 102-2021.
El Decreto de Urgencia en cuestión fue una buena medida para reactivar la economía a través de ejecución de obras de saneamiento contratadas en forma simplificada y, la mala utilización de tal norma en algunas obras, no la convierte en mala ni nociva y para el futuro, dado de que los Decretos de Urgencia son temporales, ponerle los correctivos y candados que se requieran, pero no lo agarremos de chivo expiatorio.

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