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NUEVA NORMATIVA DE LA SBS PERMITE A LOS USUARIOS DECIDIR SOBRE LA INCLUSIÓN DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN EN SUS DEUDAS

RCR, 16 de Octubre 2024.- Fernanda Mares, analista principal de conducta de mercado de la SBS, destacó que el proyecto propuesto por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP tiene como objetivo que las entidades financieras ofrezcan productos con o sin seguro de desgravamen. Asimismo, subrayó que esta iniciativa regulará y sancionará prácticas abusivas en el cobro de la prima de este seguro, garantizando una mayor transparencia en el proceso crediticio para los usuarios.

“La superintendencia ha propuesto que se creen esta variedad de nuevas opciones para que el usuario pueda elegir según el riesgo que desea gestionar, basándose en la información completa y oportuna que le brinde la entidad del sistema financiero”, dijo a través de Red de Comunicación Regional (RCR).

Mares señaló que la norma contará con un plazo de adecuación para que las entidades capaciten a su personal y proporcionen información a través de todos sus canales sobre la opción de incluir o no el seguro de desgravamen, esencial para reducir el riesgo crediticio en caso de fallecimiento o invalidez del deudor.

“En el caso que decidan elegir un producto que no contenga el desgravamen, las empresas tendrán que informar sobre los riesgos que conlleva elegir este producto. Finalmente, con toda la información que se brindará al usuario, este va a poder tomar una decisión”, expresó.

Por otro lado, indicó que la normativa se aplicará a créditos de consumo y tarjetas de crédito, pero no a créditos hipotecarios, que se consideran de alto riesgo. “En créditos hipotecarios, nosotros hemos decidido mantener la práctica actual. Las empresas han mantenido estable el costo del seguro de desgravamen durante los últimos cinco años. Estamos hablando que las tasas están llegando, más o menos, hasta 0.111%, que son tasas muy bajas en el mercado”, explicó.

Mencionó que una de las propuestas de esta nueva normativa es que las entidades financieras y compañías de seguros no podrán trasladar cobros distintos a los relacionados con aspectos operativos del servicio de comercialización del seguro de desgravamen. “Todos los demás costos adicionales que podrían haber interpretado las entidades que podrían cobrar, se encuentran prohibidos y de trasladar estos a los usuarios va a incurrir en una práctica abusiva, lo que deviene en procedimientos sancionadores”, precisó.

Finalmente, sostuvo que, al entrar en vigencia la normativa, las entidades financieras deberán haber modificado sus sistemas y diseñado nuevos productos que se adapten a las necesidades del usuario. No obstante, los usuarios que ya hayan contratado productos bajo la normativa anterior mantendrán su seguro de desgravamen hasta que paguen su deuda.

“Al haber entrado ya en vigencia esta nueva norma, pueden elegir resolver el contrato de esa tarjeta de crédito y contratar una nueva que no tenga seguro de desgravamen. Entonces, realmente la propuesta de la SBS va a aplicar a toda la población, y esto también sucede en los créditos de consumo”, concluyó.

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SBS PRESENTA PROYECTO PARA QUE ENTIDADES FINANCIERAS OFREZCAN PRODUCTOS CON Y SIN SEGURO DESGRAVAMEN