Especialista en Derecho Internacional, Oscar Schiappa Pietra – Cubas, manifestó también que si Uruguay concede el asilo a García estaría incumpliendo sus obligaciones internaciones de la lucha contra la corrupción, al calificar “de un modo irrazonable e injustificado la situación existente en el Perú”.
RCR, 20 de noviembre 2018. No hay fundamento jurídico para que Uruguay pueda otorgar un asilo político territorial al expresidente Alan García, porque en este caso existen limitaciones establecidas en el artículo tercero de la Convención de Asilo Diplomático de 1954, advirtió el especialista en Derecho Internacional, Oscar Schiappa Pietra – Cubas.
“En el aspecto legal, Uruguay tiene limitaciones que establece la propia Convención sobre asilo particularmente en artículo tercero que básicamente indica que el asilo no debe servir para que una persona se sustraiga de la acción de la justicia, en el curso de un proceso judicial regular y cuando las garantías del debido proceso están siendo observadas”, subrayó.
En segundo lugar, recordó que Uruguay tiene obligaciones contraídas, en virtud de la Convención de Naciones Unidas y de la OEA de lucha contra la corrupción.
“Obligaciones en materia de obligación con otros países para enfrentar este flagelo, de tal manera que Uruguay no podría hacer una calificación favorable del asilo porque estaría contraviniendo las obligaciones de lucha contra la corrupción y colaboración para dar a esa lucha que ha asumido frente la Comunidad Internacional”, apuntó.
Finalmente, indicó que está el contenido de la Carta Democrática Interamericana que establece la obligación de todos los estados, Uruguay incluido, de colaborar para el fortalecimiento de la democracia.
“Que Uruguay, al aceptar el asilo, cuestione la calidad de la democracia en el Perú, significaría ir exactamente en el sentido contrario. Significaría, frente a un régimen a todas dudas es democrático, con las imperfecciones de un país en vías de desarrollo, que no se le puede debilitar pretendiendo cuestionar su legitimidad, como estaría implicado si Uruguay concede el asilo”, enfatizó.
En diálogo con Red de Comunicación Regional (RCR), Schiappa Pietra – Cubas manifestó también que si Uruguay concede el asilo a García estaría incumpliendo sus obligaciones internaciones de la lucha contra la corrupción, al calificar “de un modo irrazonable e injustificado la situación existente en el Perú”.
El analista en política internacional, refirió igualmente que el Perú está en plena capacidad de acudir a las instancias internacionales para recurrir el asilo otorgado a García, si éste no se ajusta lo estipulado en la Convención de Asilo Diplomático de 1954.
“Por supuesto. Existe lo que se llama el Pacto de Bogotá, que es un mecanismo para resolver las controversias entre los Estados parte. Existe la posibilidad de la negociación directa, de mediación, del arbitraje. Y si todo esto falla, el Perú podría recurrir a la Corte Internacional de La Haya, demandando al Uruguay por estar incumpliendo sus obligaciones internacionales”, puntualizó.
Además, dijo no creer que la comisió multipartidaria congresal peruana que viajará próximamente a Uruguay sea tomada como interferencia en la decisión de ese país, respecto al otorgamiento o no del asilo territorial al exjefe de Estado aprista.
De igual modo, el experto estimó que se puede dar la situación de que el Perú no otorgue el salvoconducto al gobierno uruguayo, en razón al mandato judicial nacional que prohíbe la salida del país de Alan García.