Fuente: Diario Gestión
En 30 días se definirá la lista de beneficiarios para la devolución de los pagos efectuados por los conceptos de cargo tarifario CASE, Tarifario SISE y TRS que se cobraba en los recibos de electricidad.
El Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó hoy un decreto supremo cuyo objetivo es reglamentar la Ley N° 30543, que eliminó el cobro de afianzamiento de seguridad energética que viene siendo incluido en los recibos del servicio de energía eléctrica y que ordena la devolución de dicho importe a los usuarios de ese servicio.
La norma establece que el cargo tarifario CASE (Cargo por Afianzamiento de la Seguridad Energética), Tarifario SISE(Sistema de Seguridad Energética de Hidrocarburos) y TRS(Tarifa Regulada de Seguridad) que fueron recaudados por las empresas de electricidad e hidrocarburos serán devueltos a los usuarios finales del servicio eléctrico.
“Para efectos de dicha devolución, se considerará cualquier comprobante de pago por los servicios de electricidad o hidrocarburos, en el cual se haya consignado o cargado algunos de los conceptos señalados”, enfatiza la norma.
Mientras que los montos pagados por los generadores eléctricos por concepto del cargo TRS, los cuales les fueron compensados a través de la recaudación del CASEge, son devueltos a los usuarios finales que pagaron este concepto, empleándose para ello los fondos de la recaudación de la TRS.
Plazos
El MEM estableció que en un plazo de hasta 30 días calendario, contados a partir de la vigencia del decreto supremo, las empresas de electricidad e hidrocarburos deben remitir al Osinergmin, la lista de usuarios finales beneficiados, incluyendo los montos a devolver.
Asimismo, en un plazo de hasta 45 días calendario, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), establece el procedimiento y los mecanismos para la devolución de los pagos efectuados por los conceptos de cargo tarifario CASE, Tarifario SISE y TRS.
“La devolución se efectuará a cada usuario final beneficiado en el siguiente ciclo de facturación realizado por las empresas de electricidad e hidrocarburos, una vez aprobado el procedimiento de devolución y de haber liberado los fondos del Fideicomiso Recaudador – Pagador”, subrayó el MEM.