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MEF AUTORIZA TRANSFERENCIA DE S/ 27.6 MILLONES PARA 13 PROYECTOS AGRARIOS

RCR, 10 De Septiembre de 2024.- El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de 27 millones 667,474 soles a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), para financiar la ejecución de 13 proyectos de inversión vinculados a operaciones de endeudamiento externo.

Mediante Decreto Supremo N° 163-2024-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprueba dicha transferencia en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2024, con cargo a los recursos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor).

En los considerandos de la norma se indica que, vía Decreto Supremo N° 012-2024-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), hasta por 100 millones de dólares para financiar parcialmente el programa de inversión “Programa nacional de riego tecnificado para una agricultura climáticamente resiliente”.

También se refiere que, a través del Decreto Supremo N° 308-2014-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y la Japan International Cooperation Agency (JICA), hasta por 2,480 millones de yenes para financiar parcialmente el “Programa de protección de valles y poblaciones rurales vulnerables ante inundaciones”.

Asimismo, se señala que, por Decreto Supremo N° 122-2020-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), hasta por 24 millones de dólares para financiar parcialmente el proyecto “Mejoramiento y ampliación de los servicios públicos para el desarrollo productivo local en los ámbitos de la sierra y selva del Perú – Avanzar Rural – 5 departamentos”.

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El detalle de los pliegos y los montos de la transferencia se encuentran en el anexo I “Transferencia de Partidas con cargo al presupuesto institucional de diversos pliegos del Gobierno Nacional” y en el anexo II “Transferencia de Partidas a favor de un pliego del Gobierno Nacional”, los cuales se publican en la sede digital del MEF (www.gob.pe/mef).

Los recursos de la transferencia de partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Fuente: Andina Agencia Peruana De Noticias