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MANEJO DE CADÁVERES COVID-19 EN AYACUCHO

Nota de prensa 

Se habría trasladado irregularmente un cuerpo desde Huamanga a Huanta violando normas sanitarias.

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Ayacucho demandó el inicio de investigaciones, en los ámbitos penal y administrativo, para sancionar a quienes resulten responsables del traslado irregular del cadáver de una persona fallecida por COVID-19, que habría sido conducido desde el Hospital Regional de Ayacucho, ubicado en Huamanga, hasta la ciudad de Huanta.

De acuerdo a los primeros indicios, este incumplimiento del protocolo de manejo de cadáveres consumaría el supuesto de sanción del delito de violación de medidas sanitarias, tipificado en el artículo 292 del Código Penal. Dicho tipo penal, sanciona hasta con trece años de pena privativa de libertad a quienes violen las medidas impuestas por la ley o por la autoridad, causando la propagación de una enfermedad o epidemia en el país.

Ante estos hechos, la oficina defensorial ha comunicado los hechos a la Junta de Fiscales Superiores, recomendándole solicitar que las Fiscalías Penales de Turno de Huamanga y Huanta inicien investigaciones contra el personal del Hospital Regional y de la Funeraria Orejón, que habría participado en el traslado irregular del cuerpo.

Al respecto, la institución obtuvo información que indicaría que la autorización para el traslado, otorgada por el Hospital Regional, se sustentó en el permiso que emitió el teniente gobernador de la comunidad de Patasucro, en Huanta, para que la familia de la difunta entierre el cuerpo en el nicho de su propiedad ubicado en esta ciudad. Por ello, se ha solicitado a la Junta de Fiscales Superiores de Ayacucho incluirlo en las investigaciones sobre este caso, pues se trataría de una autoridad que no tiene atribuciones para autorizar inhumaciones.

De otro lado, el representante de la Defensoría del Pueblo en Ayacucho, David Pacheco-Villar  informó que ha solicitado un informe documentado al Hospital Regional de Ayacucho, con el fin de que se investigue y se determinen responsabilidades administrativas en el personal del nosocomio que habría participado en el hecho. Asimismo, se instó a evaluar las acciones legales a iniciar contra la funeraria que realizó el traslado.

Pacheco-Villar sostuvo que los hechos constituyen una transgresión a la Directiva Sanitaria N° 087-2020-DIGESA/MINSA, mediante la cual se aprobó el protocolo para manejo de cadáveres por COVID-19, y en la que establece, que no se debe trasladar los restos fuera de la provincia donde ocurrió el fallecimiento, debiendo ser enterrados dentro de las 24 horas de certificada la muerte.