- Reforma fortalece el proceso de cierre de brechas de recursos humanos en el país, especialmente en provincias
Lima, 30 de Octubre de 2024.- A través de la Ley n.° 32145, aprobada por el Congreso de la República y promulgada por la presidenta de la república, Dina Boluarte, se modifica el artículo 40 de la Constitución Política del Perú, con lo cual se oficializa el doble empleo remunerado para personal médico y profesionales de la salud con especialidad, y les permite brindar sus servicios en dos instituciones del Estado.
La modificación, impulsada y sustentada de manera permanente por el ministro César Vásquez, incluso cuando fue congresista, posibilita, de manera concreta, el cierre de brechas de personal médicos y profesionales de la salud con especialidad en todo el país.
Así, el 7 de noviembre de 2023, el titular del Minsa sustentó ante la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República esta propuesta de reforma constitucional para que el personal de salud trabaje en sus horarios disponibles en otros hospitales de la ciudad como de provincias.
En su exposición explicó que el déficit de médicos especialistas es una emergencia que no se puede resolver en el corto o largo plazo. Y en la actualidad no existe suficiente recurso humano para cerrar la brecha de profesionales de la salud que tiene el sector. Además, hay un gran número de especialistas que prefiere trabajar en las urbes y por eso se incrementa la necesidad de sus servicios en provincias.
En primera instancia esta Ley prohibía que un profesional pueda ganar 2 remuneraciones del Estado, salvo que ejerza la docencia. Por ello, su aprobación es trascendental ya que contribuye a cerrar la enorme brecha de recursos humanos que el país padece hace décadas.
Fuente: MINSA