Fuente: Agencia Andina
A través de resolución jefatural
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó, a través de una resolución jefatural, los lineamientos para las actividades electorales a desarrollarse en los locales de votación establecidos en el extranjero para el sufragio del próximo 26 de enero de 2020.
El documento, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, tiene la finalidad de garantizar a los ciudadanos peruanos residentes en el exterior el ejercicio de su derecho a la votación.
Asimismo, tiene el objetivo de de establecer los parámetros para la organización y ejecución de actividades electorales en el extranjero mediante las Oficinas Consulares del Perú y por medio del Ministerio de Exteriores.
Como se recuerda, en el proceso electoral congresal extraordinario del próximo 26 de enero de 2020 participarán un total de 974,230 ciudadanos que tienen residencia en el exterior.
En el extranjero se pondrán en funcionamiento 3,374 mesas de sufragio en 79 países de los cinco continentes: África (6 mesas), América (2 220), Asia (144), Europa (981) y Oceanía (24).
Los cinco países con mayor cantidad de electores son Estados Unidos (304,860), España (145,804), Argentina (141,566), Chile (113,083) e Italia (92,020); mientras que existen 15 países con menos de 100 electores cada uno, entre ellos Macedonia, Vietnam, Malasia, Argelia, Ucrania y Egipto.
Requisitos
Para votar en el proceso electoral del 26 de enero próximo será necesario ser peruano con DNI, donde aparezca su residencia actual. Podrá votar para las elecciones de presidente, congresistas y consultas populares.
Si la persona sigue con la dirección de su DNI en el Perú, es decir, si solo sigue estudios en exterior o está de viaje, seguirá votando en el distrito de su residencia.
El pasado domingo 5 de enero se inició el traslado del material electoral hacia las mesas de votación del extranjero, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.