En Vivo

DEFENSORÍA DEL PUEBLO: GOBIERNOS LOCALES DEBEN REALIZAR AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS EN PUNO

Nota de prensa 

Estos espacios, que congregan a autoridades, funcionarios y sociedad civil, deben generarse al menos una vez al año y pueden ser virtuales.

El módulo de la Defensoría del Pueblo de Juliaca demandó a las municipalidades provinciales de San Román, Melgar, Ayaviri, Lampa y Azángaro promover y garantizar los mecanismos de transparencia activa que permitan el ejercicio del control social sobre la gestión pública.

Esto es posible mediante las audiencias públicas de rendición, que son espacios de encuentro entre autoridades, funcionarios, representantes de la sociedad civil organizada y población en general, donde se promueve la trasparencia y la vigilancia ciudadana, a fin de fortalecer la relación entre las autoridades y la población, y contribuir a prevenir la corrupción.

Al respecto, la institución recordó que las comunas deben cumplir con realizar al menos una audiencia pública de rendición de cuentas al año, que puede ser de modo virtual, para informar a la población sobre los avances, logros y dificultades de la gestión local. Esto se debería hacer independientemente a la rendición de cuentas en el marco del presupuesto participativo y/o de las asambleas vecinales.

El coordinador del módulo de la Defensoría del Pueblo en Juliaca, Nivardo Enríquez, sostuvo que mediante ordenanza municipal se debe regular el desarrollo de las audiencias públicas de rendición de cuentas virtuales y presenciales que garanticen la participación amplia y plural de la población. “Se debe elaborar un resumen ejecutivo del informe de rendición de cuentas, empleando un lenguaje sencillo y amigable que facilite su comprensión, así como su difusión, antes, durante y después de la audiencia; en caso se cuente con un reglamento vigente es preciso revisar su contenido para ceñírsele”, agregó.

Cabe indicar que de acuerdo a lo previsto en el artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la rendición de cuentas es un principio rector que rige la gestión local, asimismo, el artículo 118° de la citada ley, establece que la población tiene derecho a ser informada respecto a la gestión municipal.

Finalmente, el módulo de la Defensoría del Pueblo en Juliaca hace hincapié en organizar el informe de rendición de cuentas tomando como referencia el Plan de Desarrollo Local Concertado, por tratarse del principal documento de planificación a nivel local, en el que se establecen las metas de desarrollo de sus territorios a mediano plazo.