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DECLARAN EN EMERGENCIA AMBIENTAL A ÁREA AFECTADA POR EL AFLORAMIENTO DE PETRÓLEO EN LORETO

  • La declaratoria de emergencia ambiental en Loreto se sustenta en el informe del OEFA que constató que el petróleo derramado afectó el río Pastaza, en Loreto.

Lima, 26 de Noviembre de 2024.- El Ministerio del Ambiente (Minam) declaró en emergencia ambiental un área geográfica ubicada en el distrito de Andoas, región Loreto, afectada por el afloramiento de hidrocarburo en el río Pastaza, entre los kilómetros 11 y 12 del ramal norte del Oleoducto Norperuano.

Así lo dispone la Resolución Ministerial N° 00414-2024-MINAM, publicada hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La norma aprueba también el Plan de Acción Inmediato y a Corto Plazo para su atención.

En los considerandos de la resolución se indica que la medida se sustenta en el informe N° 00121-2024-MINAM/VMGA/DGCA, de la Dirección General de Calidad Ambiental, que refiere que el 3 de octubre de 2024 la empresa Petroperú S.A reportó al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), una emergencia ambiental por el afloramiento de hidrocarburo en el río Pastaza, entre el km 11 y 12 del Ramal Norte del Oleoducto Norperuano, en el distrito de Andoas, provincia de Datém del Marañón y departamento de Loreto.

En el mismo documento se cita el informe del OEFA que señala haber verificado que el petróleo crudo derramado se desplazó por el río Pastaza aproximadamente 75 km desde el punto de falla, abarcando ambos márgenes del río afectando aproximadamente 18,750 metros cuadrados de las aguas superficiales y la vegetación ribereña del río Pastaza, así como el agua superficial de los afluentes del río donde identificó trazas de petróleo crudo.

El OEFA constató, además, que el río Pastaza es la principal fuente de abastecimiento de agua de las comunidades nativas Nuevo Porvenir, Nuevo Andoas, Los Jardines, Alianza Topal, Andoas Viejo, Capahuari Urko, Pañayacu, Nueva Vista, Huagramona, Naranjal Pastaza y Nueva Vida, ubicadas aguas abajo del punto de falla, y que las comunidades nativas Titiyacu, Aitmensa, Alianza Capahuari, Brillante de Andoas, Churus y Siwin utilizan las aguas del río Pastaza para actividades de pesca, aseo, transporte, entre otras.

Refiere, asimismo, que , conforme consta en el Acta de fecha 18 de noviembre de 2024, y el correo electrónico de fecha 19 de noviembre de 2024, los representantes del OEFA, Ministerio de Energía y Minas, Petroperú, la Autoridad Nacional del Agua, la Gerencia Regional del Ambiente de Loreto, Dirección Regional de Salud de Loreto, y el Organismo Supervisor de Inversión en Energía y Minería; validaron las acciones contenidas en la propuesta del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo por un plazo de 90 días.

Indica, también, que el objetivo de la Declaratoria de Emergencia Ambiental es garantizar el manejo sostenible de la zona afectada, realizando los correspondientes trabajos de recuperación y remediación para mitigar la contaminación ambiental, a fin de proteger la salud de la población.

PLAZO DE VIGENCIA

La declaratoria de emergencia ambiental es por un plazo de noventa días hábiles, precisa la resolución.

Agrega que la ejecución del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo estará a cargo de las entidades públicas involucradas en su cumplimiento, en coordinación con los respectivos gobiernos regionales y locales.

La resolución lleva la firma del titular del Ministerio del Ambiente, Juan Carlos Castro Vargas.

Fuente: Andina, Agencia de Noticias