Tras fallo arbitral que dio la razón al Perú y denegó indemnización de US$ 800 millones a favor de grupo empresarial, se espera nuevo entendimiento, destaca abogado defensor del Estado peruano, Jonathan Hamilton.
Aclara que matriz de Doe Run Perú no puede apelar dictamen de Tribunal Internacional.
RCR, 01 de agosto de 2016.- Tras el fallo del Tribunal Arbitral Internacional que resolvió a favor del Perú en el contencioso con el Grupo Renco –matriz de Doe Run Perú, titular del Complejo Metalúrgico de La Oroya- que le interpuso una demanda por US$ 800 millones, el Estado peruano ha expresado a este grupo empresarial su voluntad de enfocarse en soluciones para viabilizar la planta, destacó el doctor Jonathan Hamilton, abogado del Estado peruano en el caso de Renco.
“El Estado peruano ha destacado a todos y al Grupo Renco en estas circunstancias que el cierre de este capítulo (el arbitraje internacional) es una oportunidad de continuar la búsqueda de soluciones (…) Siempre hay una esperanza de encontrar una solución y esta requiere obviamente de la buena voluntad por parte de Renco y por parte de todos los otros aspectos que involucra a la junta de acreedores”, expresó a RCR, Red de Comunicación Regional, la defensa del Estado peruano en el caso.
Aclaró que Renco no puede apelar el fallo porque en el mundo del arbitraje internacional existe un dispositivo -similar a lo disponible en el Perú en esta materia- el cual no permite abrir nuevamente la caja de Pandora de todo el tema.
Consideró asimismo poco probable que Renco se queje de una supuesta falta del debido proceso -y con ello muy difícil que finalmente sea anulado el dictamen- porque los alegatos de este grupo empresarial fueron escuchados diversas veces por el Tribunal Internacional.
Recordó que el Grupo Renco, matriz de Doe Run Perú, en 2011 planteó una demanda internacional contra el Estado peruano (ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones – Ciadi, del Banco Mundial, por el cierre del Complejo Metalúrgico de La Oroya) y pedía una indemnización de más de US$ 800 millones, el cual fue el primer litigio en contra el Estado peruano bajo el amparo del Acuerdo de Promoción Comercial entre Estados Unidos y el Perú (APC).
La empresa alegó que el Estado peruano incumplió su contrato con la subsidiaria Doe Run, operador del complejo, no remedió ambientalmente los suelos en La Oroya y además, desconocía su responsabilidad en demandas por contaminación.
Las operaciones de Doe Run en el complejo están paralizadas desde el 2009 por incumplir las exigencias del Estado peruano respecto a su plan ambiental, en medio de millonarias deudas de su matriz y a su falta de financiamiento.
Hamilton, destacó la importancia que tras cinco años de litigio el Perú haya ganado el arbitraje que mantenía con Renco, decisión que el Tribunal de Arbitraje Internacional tomó tras desestimar las reclamaciones de este grupo porque no cumplió con ciertos requisitos del APC –por ejemplo, presentó su demanda en dos instancias diferentes- en tanto que el Perú ha actuado con buena fe.
El letrado señaló que es importante este fallo arbitral porque es una buena señal que el Estado peruano maneja bien sus tratados internacionales, la defensa de los intereses del país y está dedicado al desarrollo económico conforme a reglas aplicables en el ámbito internacional.