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CONA BRINDA AYUDA ECONÓMICA EN CASOS DE MUERTE NATURAL O ACCIDENTAL DE TRABAJADORES DE CONSTRUCCIÓN

RCR, 10 de febrero de 2024.- Jessica Portal Gutiérrez, asistente del Programa de Asistencia Social (PAS) del CONA, destacó que están brindando ayuda económica, en casos de muerte natural o accidental de trabajadores de construcción, a sus familiares directos. Señaló que los deudos pueden comunicarse con el PAS, a través de la página web del CONA o llamando al teléfono 974 621 141.

“El Programa de Asistencia Social brinda ayuda económica tanto al aportante, a la esposa o conviviente e hijos menores de 18 años frente a los estados de necesidad social, producto de fallecimiento o invalidez”, dijo en el programa “En concreto” de RCR.

Explicó que, en caso de muerte natural de un trabajador, se entrega un apoyo económico a la esposa, conviviente e hijos. “El monto es a partir de 3600 en caso de muerte natural. En caso de muerte accidental es aproximadamente 5000 soles y por el estado de invalidez total por accidente es de 3000 soles”, indicó.

“En el caso de aquellos trabajadores que son casados a través del acta de matrimonio. Aquellos que son convivientes tienen requisitos para poder acreditar la convivencia. En caso el trabajador que tuviera diferentes hijos en diferentes compromisos, se presentaría en este caso la sucesión intestada, que es la declaratoria de los herederos”, expresó.

Comentó que en los casos de fallecimiento por accidente a veces toma un poco más de tiempo para brindar la ayuda, porque también se solicita el informe policial completo para ver exactamente cuál ha sido la causa de la muerte. “Puede haber sido en obra o puede haber sido en tránsito. Ahí hay un plazo de 4 años para que el trabajador o la esposa o conviviente puedan también presentar todos los documentos”, apuntó.

Señaló que, en caso de fallecimiento y los familiares no tienen al momento los documentos completos, hay un plazo de 4 años para su entrega, desde la fecha de fallecimiento o invalidez. “La ayuda social es para los familiares directos en caso de fallecimiento de trabajador, esposa o conviviente, hijos menores de edad e hijos mayores de edad desde los 18 hasta antes de los 25 años, para todos aquellos que estén estudiando”, remarcó.

Remarcó que los interesados pueden comunicarse con el PAS del CONA, a través de su página web, donde está la mesa de partes, o también llamar al teléfono 974 621 141 directamente si cumplen también con todos los requisitos, entre ellos está el presentar las boletas de pago. “Ahora es dentro de los 90 días anteriores a la fecha de fallecimiento o invalidez con el aporte a la institución”, subrayó.  

SERVICIOS QUE BRINDA EL PAS EN CASOS DE MUERTE NATURAL O MUERTE ACCIDENTAL