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APRUEBAN REFORMAS ELECTORALES CON MIRAS A ELECCIONES DEL 2018

Fuente: Congreso de La República

Postergan debate sobre financiamiento de partidos políticos

El Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen de los proyectos de ley 497, 1242 y 1269, que proponen modificar la Ley de Organizaciones Políticas, Ley Orgánica de Elecciones, Ley de Elecciones Regionales y la Ley de Elecciones Municipales.

Sometida a votación el dictamen fue aprobado por 72 votos a favor, 22 en contra, una abstención. Exoneró de segunda votación por 71 votos a favor, 34 en contra, cero abstenciones, con lo cual quedó expedito para ser promulgado por el Poder ejecutivo.

Previamente, la Representación Nacional, puesta de pie, guardó un minuto de silencio en póstumo homenaje a las víctimas del terremoto en México y de solidaridad con el pueblo mexicano.

La presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento, María Úrsula Letona, enfatizó que el proceso de reforma electoral está en marcha con la aprobación de importantes artículos de las leyes electorales.

Señaló que en el nuevo texto de la futura ley se han considerado las propuestas de los parlamentarios de las diferentes bancadas, con lo cual se fortalece el sistema democrático.

Letona dijo que se busca fortalecer la democracia interna en los partidos políticos. En torno a las alianzas de las organizaciones políticas dijo que ellas debe solkicitar su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas ente los 270 y 145 días calendario antes del día de la elección que corresponda.

Manifest{o que se precisa que para participar en el proceso electoral, las alianzas electorales de alcance nacional se encuentren legitimadas para participar en elecciones generales, regionales y muncipales.

Dijo que la convocatoria a Elecciones Generales se hace con anticipación no menor a 270 días de la fecha electoral. Puntualizó que las fórmulas de candidatos a la presidencia y vicepresidencias de la República admitidas se publican en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones(JNE) y en los paneles de los Jurados Electorales Especiales, en un plazo que no exceda el día calendario siguiente a la emisión de la resolución de admisión correspondiente.

PADRÓN ELECTORAL 

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil remite el padrón electoral preliminar al Jurado Nacional de elecciones con 240 días de anticipación a la fecha de la elección. El JNE fiscaliza y aprueba el padrón dentro de los 30 días calendario siguiente.

En todos los procesos electorales, incluidos los previstos en la Ley Orgánica de elecciones, Ley de elecciones Municipales y en Ley de Elecciones Regionales, el padrón electoral se cierra 365 días calendario antes de la fecha de la respectiva elección.

Agregó que también se han perfeccionado siete artículos de la Ley de Elecciones Municipales.

El congresista Mauricio Mulder (CPA) consideró que teniendo en cuenta que se están modificando 35 artículos electorales se debería realizar un adecuado y amplio debate, lo cual no prosperó.

FINANCIAMIENTO

La Representación Nacional también inició el debate del dictamen de los proyectos 320 (actualizado) 835,1089, 1214,1315 y 1323, cuya autógrafa fue observada por el presidente de la República,  que proponen modificar diversos artículos del Título VI de la Ley de Organizaciones Políticas, con el fin de prevenir actos de corrupción y combatir el clientelismo en la política.

La presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento, congresista María Úrsula Letona subrayó que con este proyecto de ley la reforma electoral se consolida y estamos preparados para enfrentar a las próximas elecciones a realizarse el próximo año. Letona. Señaló que con este proyecto de ley. “La reforma electoral está en marcha y nos enfrentaremos las próximas elecciones de la mejor forma para el sistema democrático”, remarcó.

Respecto al Financiamiento público directo, señaló que solo los partidos políticos y alianzas electorales que obtienen representación en el Congreso reciben del Estado financiamiento público directo conforme a las siguientes reglas: Hasta el 50% del financiamiento público directo recibido puede ser destinado a actividades de formación, capacitación, investigación y difusión de éstas; y hasta el 50% puede ser destinado a gastos de funcionamiento ordinario, así como a la adquisición de inmuebles y mobiliario necesarios para atender actividades consustanciales al objeto de la organización política.

Dijo que también se precisa que las organizaciones políticas pueden recibir aportes o ingresos procedentes de la financiación privada que no superen las 120 Unidades Impositivas Tributarias al año, los que deberán constar en el recibo de aportación correspondiente.

Manifestó que se indica que los ingresos obtenidos por la realización de actividades proselitistas provenientes de aportes en efectivo debidamente bancarizados o de contribuciones que permitan identificar a los aportantes y el monto del aporte con los comprobantes correspondientes, hasta 250 UIT por actividad.

Señaló que las organizaciones políticas no pueden recibir aportes de ningún tipo provenientes de cualquier entidad de derecho público o empresas de propiedad del Estado o con participación de éste, confesiones religiosas de cualquier denominación, partidos políticos y agencias de gobierno extranjero, personas jurídicas con fines de lucro nacionales o extranjeros.

DÁDIVAS

También agregó que en el artículo 42 del proyecto se señala que los candidatos en el marco de un proceso electoral están prohibidos de efectuar entrega o promesas de dinero, regalos, dádivas, alimentos, medicinas, agua, materiales de construcción u otros objetos de naturaleza económica, de manera directa o través de terceros por mandato del candidato y con recursos  del candidato o de la organización política.

Javier Velásquez Quesquén (CPA) manifestó que la propuesta de reforma debe pasar un cuarto intermedio para un mejor análisis de su normatividad.

Hernando Cevallos (FA) e Indira Huilca (Nuevo Perú) manifestaron que el dictamen retorne a la Comisión de Constitución para que experimente modificaciones especialmente en lo referente al financiamiento de los partidos políticos.

CUARTO INTERMEDIO

Miguel Torres Morales (FP) subrayó que el dictamen condensa una verdadera reforma electoral; sin embargo, anotó que hay quienes cuestionan la propuesta por simple demagogia.  Planteó un cuarto intermedio para que los parlamentarios de las diferentes bancadas logren consenso en una normatividad electoral que es de avanzada.

La presidenta de la Comisión de Constitución aceptó que el dictamen pase a un cuarto intermedio y exhortó a los representantes de las diferentes bancadas a asistir a la sesiones del grupo de trabajo para levantar algunas observaciones formuladas.