Mediante Resolución Ministerial N° 373-2017-Vivienda, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó dicha transferencia para la ejecución del Bono Familiar Habitacional (BFH), en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, que beneficiará a los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables.
En los considerandos de la norma se indica que la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS suscribió con el Fondo Mivivienda un convenio para la ejecución del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, para los damnificados en las zonas de emergencia.
Responsabilidad y monitoreo
La resolución ministerial mencionada señala que los recursos de la transferencia financiera autorizada por la presente resolución ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos.
La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual se realiza la transferencia.
El Fondo Mivivienda informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere la presente resolución ministerial.
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