Nota de prensa
A nivel nacional, 89 personas declaradas inimputables permanecen internadas en establecimientos de salud mental.
3 de cada 4 personas declaradas inimputables en los establecimientos psiquiátricos de Lima se encuentran en condición de alta médica.
La Defensoría del Pueblo ha emitido el Informe Especial N° 018-2020-DP mediante el cual alerta sobre la situación de las personas declaradas inimputables que se encuentran en los establecimientos de salud mental de Lima con medidas de seguridad de internamiento, considerando el contexto de emergencia sanitaria.
Malena Pineda, jefa del Programa de Defensa y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad señaló que, ante la crisis sanitaria, urge que el Poder Judicial revise los informes médicos emitidos por los establecimientos de salud mental respecto a las personas declaradas inimputables a fin de evaluar el cambio de medidas de seguridad, especialmente de aquellas personas que ya se encuentran en condición de alta médica.
La Defensoría del Pueblo recalcó que las personas que se encuentran en condición de alta médica necesitan reintegrarse a su familia y esta le preste el soporte o, en caso de tener un problema de salud mental y no contar con familiares, pueda ser acogida en un hogar o residencia protegida, sujetándose a las normas establecidas en esta ley.
Las personas inimputables son aquellas que presentan una discapacidad psicosocial y que han cometido un ilícito sin comprender la ilicitud de su accionar o las consecuencias de este. En Lima existen 52 personas declaradas inimputables en los hospitales psiquiátricos Víctor Larco Herrera, Hermilio Valdizan y el Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado – Hideyo Noguchi. El 77 % de estas personas se encuentran en condición de alta; lo cual, las coloca en una particular situación de vulnerabilidad en el contexto de la propagación del COVID-19.
Asimismo, se ha identificado personas declaradas inimputables que ya han cumplido el tiempo de internamiento ordenado como medida de seguridad, sin que la autoridad judicial determine el cese de la medida. “Esta situación, vulnera el derecho a la libertad y seguridad de la persona, en razón de que nadie puede estar privado de su libertad debido a su condición de discapacidad”, remarcó Malena Pineda.
La Defensoría del Pueblo recomienda la revisión de los informes de alta médica de las personas declaradas inimputables para priorizar el tratamiento ambulatorio en las medidas de seguridad. Asimismo, la institución recuerda la excepcionalidad de la imposición de la medida de seguridad de internamiento, la cual debe obedecer a un fin terapéutico, de conformidad con la Ley N°30947, Ley de Salud Mental, y su reglamento.
Finalmente, la institución invoca a fortalecer la coordinación entre el Poder Judicial con el Ministerio de Salud y los directores de los establecimientos de salud mental, a fin de garantizar la evaluación oportuna de las medidas de seguridad de internamiento de las personas declaradas inimputables.
La Defensoría del Pueblo, en su condición de Mecanismo Independiente encargado de promover, proteger y supervisar el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, seguirá atenta a las necesidades de este grupo vulnerable y pone a disposición para cualquier consulta la línea gratuita 0800-15170.