Fuente: Minem
- Tendrán hasta el 30 de setiembre para presentar la información al Minem.
Lima, 11 de junio de 2020.- El Gobierno dispuso medidas que permiten a las personas naturales y jurídicas que tienen la titularidad de concesiones mineras acreditar oportunamente la inversión mínima correspondiente al año 2019, tal como lo establece el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería.
Mediante el Decreto Supremo (DS) Nº 013-2020-EM se amplió hasta el 30 de setiembre próximo el plazo para que los titulares mineros cumplan con acreditar la inversión mínima, en atención al estado de emergencia nacional decretado para frenar el brote de coronavirus, el cual dificultó que se cumpla con el plazo inicial previsto para el 30 de abril pasado.
Los titulares mineros tienen la obligación de cumplir con los niveles mínimos de producción o inversión mínima establecidos en el marco legal vigente y de remitir esa información al Ministerio de Energía y Minas (Minem) a través de la Declaración Anual Consolidada.
Cabe precisar que el Decreto Supremo N°013-2020, que lleva las rúbricas del presidente Martín Vizcarra y de la titular del Minem, Susana Vilca, complementa al Decreto Legislativo Nº 1483, el cual tiene la finalidad de asegurar que los titulares mineros cumplan determinadas obligaciones mineras como la acreditación de la producción mínima y el pago del derecho de vigencia y penalidad hasta el 30 de setiembre de este año.
Asimismo, el Decreto Supremo establece que en noviembre próximo se dará cuenta del listado de los titulares mineros que tienen pendiente el pago oportuno del derecho de vigencia y penalidad correspondiente al periodo 2020.
El derecho de vigencia es un pago anual que realiza el titular minero para mantener vigente su concesión, mientras que la penalidad se aplica cuando este no cumple con la producción o inversión mínima. La recaudación de esos conceptos mineros está a cargo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet).
El 75% de los recursos generados por cobro del derecho de vigencia y penalidad se transfiere a las municipalidades distritales de las regiones donde se ubica la concesión para que se ejecuten programas de inversión y desarrollo en beneficio de la población; el 25% restante se destina al Ingemmet (20%) y al Minem (5%) para que realicen el mantenimiento y desarrollo de sus sistemas de información, con la finalidad de brindar una atención más eficiente a las empresas y a la ciudadanía.