Fuente: NP. Poder Judicial
Resolución sostiene que imputación de referido ilícito no fue delimitada de manera adecuada por la Fiscalía.
El Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró improcedente la solicitud de prescripción del delito de tráfico de influencias, solicitada por Jorge Simoes Barata, exrepresentante de la empresa Odebrecht en el Perú, quien es investigado por el caso Lava Jato.
La inadmisión de la referida pretensión, explicó el magistrado Ricardo Manrique Laura a cargo del referido juzgado, se debe a que la imputación del hecho calificado como delito de tráfico de influencias en lo que concierne a Barata, no ha sido delimitada por la Fiscalía en forma adecuada.
Por tanto, señala la resolución de Manrique Laura que, ante tal situación, “no es posible por parte de su despacho emitir un pronunciamiento de fondo” sobre este caso, en aras de pronunciar una decisión y adecuada a un debido proceso.
La defensa legal de Barata había demandado, en audiencia previa, declarar fundada su solicitud al señalar que el ilícito por tráfico de influencias habría prescrito en el 2010, según su interpretación de la ley, cuando supuestamente se dio el acuerdo entre Odebrecht y Toledo con respecto a la concesión de la carretera Interoceánica.
Sobre el particular, debe recordarse que la Fiscalía se allanó a la pretensión de Barata, aunque hizo hincapié en que este también es investigado en el mencionado proceso de manera alternativa por el delito de colusión.