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Gobernadores y alcaldes serán suspendidos si no formulan planes de seguridad ciudadana

Norma dada por el Ejecutivo al amparo de facultades legislativas regula la cooperación de la Policía con los municipios y regiones para fortalecer lucha contra la criminalidad.

En adelante, los municipios y los gobiernos regionales cobrarán un papel protagónico en la lucha contra la criminalidad.

Ahora deberán mejorar su cooperación y coordinación con la Policía, pues de lo contrario, alcaldes y gobernadores serán sancionados.

Al amparo de su provisional facultad legislativa, el Ejecutivo emitió el Decreto Legislativo N°1316 que modifica cuatro artículos de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (N° 27933). La norma fue publicada en el diario oficial.

Los cambios
Antes de las respectivas modificaciones, los alcaldes y gobernadores si bien tenían la labor de formular y evaluar los planes de seguridad ciudadana no se precisaba funciones complementarias ni se establecía un seguimiento del cumplimiento de metas ni menos se daba cuenta de sanciones. Pero ahora, si estas autoridades no cumplen con las tareas encomendadas para fortalecer la lucha contra la delincuencia, serán suspendidos por 30 días calendario.

Y en torno al monitoreo de las metas, los titulares de los comités de seguridad ciudadana, tanto distritales, provinciales como regionales, deben informar del cumplimiento de metas alcanzadas cada tres meses al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec).

Estos comités están encargados de formular y evaluar los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad, así como ejecutarlos en sus respectivas jurisdicciones.

Cooperación policial
La norma resalta que a la Policía le corresponde informar las deficiencias de infraestructura de la respectiva jurisdicción, siempre que dificulten las labores de combate contra la criminalidad. Así también, debe integrar la información con los municipios sobre las zonas donde se concentran focos de comisión de delitos.

A la vez, los efectivos policiales deben colaborar en las tareas de prevención.

Se subraya que a la Policía le corresponde programar capacitaciones al personal de serenazgo, así como en el uso de armas letales y no letales.

Financiamiento
Un dato a resaltar es que los cambios a la norma no implican la entrega de recursos adicionales.

“La implementación de lo dispuesto se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar mayor recursos adicionales del Tesoro Público”, resalta el Decreto Legislativo N°1316.

Fuente: Diario Gestión