RCR, 12 de noviembre de 2024.- Juan Manuel Benites, exministro de Agricultura y director ejecutivo del Instituto Crecer, defendió la continuidad de la Ley 31973 que establece un proceso de zonificación forestal en las regiones del país, al sostener que la norma busca resolver un problema originado por el Estado y que afecta a miles de agricultores.
En declaraciones a Conexión Perú, de Red de Comunicación Regional, señaló que si el Tribunal Constitucional declara inconstitucional la norma, se volvería a la situación anterior, los agricultores quedarían desamparados y cualquier fiscal podría denunciarlos por realizar su actividad en terrenos considerados prohibidos.
«Si se declara inconstitucional volvemos a cero y por lo tanto los agricultores quedarían desamparados, quedarían a merced de que cualquier fiscal los pueda llevar presos o la que la OEFA mañana les cierre las producciones y que los declare ilegales y por lo tanto pierden toda su propiedad en lugares donde tienen 20, 30 o 50 años trabajando, que incluso han heredado la tierra de sus padres. Es una absoluta locura», comentó.
El director ejecutivo del Instituto Crecer, dijo que el Tribunal Constitucional debe considerar la primacía de la realidad, frente al pedido de algunos sectores para declarar inconstitucional la Ley 31973.
«El Tribunal Constitucional tiene que tomar en cuenta la primacía de la realidad que ya nos ha ganado y el Estado tiene hoy solo en la Amazonía 3 millones de hectáreas produciendo y hay 12 millones de hectáreas ya deforestadas. El hecho de que deroguen la ley como pretende un grupo no va a regresar el bosque y por el contrario, va a dejar en la ilegalidad absoluta la agricultura, o sea no hay ninguna ganancia para el país», expresó.
Los cambios que realizó la ley
Benites explicó que las normas desde la década del 70 establecieron que no se puede cambiar de uso las tierras forestales y por eso estaba prohibido emitir títulos de propiedad. Solo en los terrenos con aptitud agraria se podían realizar la actividad y los ocupantes acceder a una titulación.
Agregó que el Estado incentivó la extensión del área agrícola, otorgó constancias de posesión, créditos y construyó carreteras. El resultado es que más del 86 por ciento de la actividad se realiza en lugares considerados inadecuados.
Benites señaló que los efectos no solo estarían en la Amazonía, sino también en los desiertos costeros y otras zonas donde -de acuerdo a las normas anteriores- no sería legal seguir realizando la actividad agraria o ganadera.
El exministro de Agricultura afirmó que la aplicación de la norma no es solo para la Amazonía, sino para todo el país. A criterio de Benites, lo que ya no tiene bosque, no se puede recuperar.
La Ley 31973, que modifica la Ley Forestal, permite a los propietarios o poseedores de tierras agrícolas obtener títulos habilitantes, hasta por tres años, sin necesidad de una zonificación forestal, y aquellos que realicen actividad agropecuaria podrán seguir haciéndolo sin estar obligados a realizar Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor.
Según la demanda ante el TC, la ley 31973, vulnera disposiciones constitucionales y tratados internacionales de rango constitucional, al no realizar consulta previa a los pueblos indígenas afectados y supuestamente amenazar el derecho de propiedad de las comunidades nativas. Al respecto, Benites dijo que esa idea no se aplica porque la ley no afecta los derechos de las comunidades.