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CÉSAR HINOSTROZA: APRUEBAN DESTITUIRLO, PERO NO ACUSARLO DE ORGANIZACIÓN CRIMINAL

Fuente: Andina

Comisión Permanente también acordó destituir a cuatro exintegrantes del CNM.

Lima 28 de septiembres 2018.- La Comisión Permanente del Congreso aprobó esta madrugada destituir e inhabilitar por 10 años en el ejercicio de la función pública al suspendido juez supremo César Hinostroza, pero no lo acusó del presunto delito de pertenencia a organización criminal.

Se aprobó además destituir a los exintegrantes del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) Orlando Velásquez, Julio Gutiérrez Pebe, Iván Noguera y Guido Aguila, pero solo inhabilitar por diez años a Guido Aguila y Julio Gutiérrez.

Las sanciones

El informe final recomendó destituir e inhabilitar a César Hinostroza por diez años en el ejercicio de la función pública por su presunta responsabilidad en la infracción de los artículos 39, 44, 146 y 139, 139. B  de la Constitución. Este extremo se aprobó por unanimidad con 27 votos.

Además, aprobaron acusarlo de los presuntos delitos de patrocinio ilegal, tráfico de influencia y negociación incompatible. Los congresistas decidieron excluirlo del presunto delito de pertenencia a organización criminal por 19 votos, la mayoría de la bancada fujimorista de Fuerza Popular.

El informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales le atribuía a Hinostroza liderar la organización «Los cuellos blancos del puerto».

En el caso del exconsejero Iván Noguera, acordaron por unanimidad destituirlo por haber cometido infracción a los artículos 39, 44, 150 y 154 de la Constitución.

La Comisión Permanente desestimó inhabilitarlo por 10 años para el ejercicio de la función pública y acusarlo por los presuntos delitos de patrocinio ilegal, cohecho pasivo específico y organización criminal.

Para el exconsejero Julio Gutiérrez se aprobó,con 25 votos  favor,  destituirlo e inhabilitarlo en el ejercicio de cargos públicos por diez años debido a las infracciones a los artículos 39, 44, 150 y 154 de la Carta Magna;  así como acusarlo por el presunto delito de cohecho pasivo. Se le excluyó del presunto delito de organización criminal.

En el caso del exconsejero Guido Aguila se aprobó destituirlo por la infracción a los artículos 39, 44, 150 y 154 de la Constitución; acusarlo por los presuntos delitos de patrocinio ilegal, pero no por cohecho pasivo y organización criminal como recomendaba el informe final.

Finalmente, aprobaron destituir en el cargo al exconsejero Orlando Velásquez, pero rechazaron inhabilitarlo por infracción a la Constitución. Finalmente, acordaron denunciarlo por el delito de cohecho, pero no por pertenecer a una organización criminal.

Durante el debate, César Hinostroza y los cuatro exconsejeros asumieron su defensa ante la comisión permanente, algunos de ellos acompañados de sus abogados.

Hinostroza negó haber infringido la Constitución y cometido presuntos delitos, y cuestionó el trabajo de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, pues no consideró la opinión de expertos en derecho.

Según dijo, en su contra hay un «linchamiento mediático y político» y que pretenden sin pruebas atribuirle ser el presunto juez del partido Fuerza Popular, hecho que negó.

El exconsejero Iván Noguera, en tanto, dijo que el informe elaborado  por el congresista Oracio Pacori tiene falsedades que deben llevar a archivar las acusaciones en su contra.

De todos los cargos formulados por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Noguera admitió solo haberle pedido al expresidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Walter Ríos, firmar un convenio para que los estudiantes de la universidad donde trabaja su esposa hagan practicas en esa corte. Dijo, sin embargo, que ello no constituye delito o falta.