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EL INDECOPI SANCIONA A BANCO POR NO ADOPTAR MEDIDAS DE SEGURIDAD Y EVITAR OPERACIONES NO RECONOCIDAS EN CONTRA DE CONSUMIDORA

Lima, 26 de setiembre de 2024.- La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Áncash, sede Chimbote, confirmó la sanción impuesta al Banco de Crédito del Perú S.A por no adoptar medidas de seguridad para evitar dos transacciones no reconocidas en perjuicio de una consumidora; además, por cargarle una tercera operación, de manera indebida.

Mediante la Resolución Final Nº0124-2024/INDECOPI-CHT, la Comisión concluyó que la entidad bancaria vulneró el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual obliga a los proveedores a velar por la calidad de los productos y servicios que brindan.

Ello, porque se determinó que el BCP no monitoreó, mediante su sistema de seguridad, el comportamiento habitual de la cliente afectada, motivo por el cual permitió que se efectúen transferencias no reconocidas por S/ 2000 y S/ 1914 desde su cuenta de ahorros. Además, el banco le cargó, indebidamente, una tercera operación por S/ 4584.

Como medida correctiva, la Comisión ordenó al BCP que cumpla con devolver a la afectada cada una de las operaciones no reconocidas. Además, le ratificó la multa de 3.78 UIT, equivalente a S/ 19 467, impuesta por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos y confirmado, en segunda instancia, por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi Chimbote.

La Resolución Final Nº0124-2024/INDECOPI-CHT está consentida y puede ser vista en el siguiente enlace: https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/7a9f8dc2-d06f-4c83-9531-364aaca15969

Fuente: Indecopi