La Autoridad Portuaria Regional de Moquegua ( APR ) se creó para planificar ejecutar y controlar las políticas de desarrollo portuario de los puertos de alcance regional. Es un órgano integrante del Sistema Portuario Nacional y dependiente del Gobierno Regional de Moquegua y que en el mes de mayo realizó su primera sesión de instalación, con la presencia de los cinco miembros del Directorio a la que la APN ha encontrado observaciones en su conformación.
La participación de la APR en los procedimientos seguidos en la aprobación de documentos de gestión y en el procedimiento para el otorgamiento de viabilidad técnica portuaria temporal en favor de la empresa de capitales brasileros y chilenos Micheport ha resultado controversial y preocupante.
Posteriormente a su instalación, (11/05/2016), el Directorio de la APR Moquegua inicio una serie de gestiones con el objetivo de sacar adelante la aprobación solicitada por Micheport para la construcción y operación de un nuevo terminal portuario en la localidad de Punta de Coles de la provincia de Ilo, propuesta que la Autoridad Portuaria Nacional ( APN ) ha declarado inviable.
La actuación de la APR en este caso resulta sospechosa por la agilidad en sus procesos para favorecer a la empresa Micheport tal como lo demuestran los documentos remitidos para tal fin.
Tras la instalación del Directorio de la APR, se recepciona ( 19/5/16) la solicitud de la empresa Micheport para la aprobación de la viabilidad técnica temporal para uso de área acuática para el desarrollo de un proyecto de terminal portuario de uso privado y de alcance regional, y mediante el Acta N° 002 se aprueba que se contrate a los profesionales necesarios para el análisis del expediente.
Con fecha 04 de Junio se acordó remitir el físico del expediente de Micheport a las comisiones especializadas. El 04 de Julio se presenta al señor Pedro Arenas Palomino para dirigir el equipo técnico que evaluara los pedidos de viabilidad presentados ante la APR.
Posteriormente el 09 de Julio la APR recibe una Carta de Intención de la empresa Micheport donde indica su interés de realizar una inversión de 50 millones de dólares en el terminal portuario de Enapu-Ilo y solicita conformar una APP o convenio similar que permita la legislación vigente para la iniciativa propuesta.
Ese mismo día en tiempo récord, la empresa Micheport presenta otra Carta de Intención manifestando su interés en iniciar operaciones portuarias y logísticas en el actual puerto de Enapu-Ilo y solicita la firma de un convenio o similar que permita la legislación en el Perú dar inicio a sus operaciones como si las entidades o instalaciones del Estado se pudieran “regalar” o entregar a “dedo” y lo que es peor por funcionarios del Estado como son el Gobernador regional y otros miembros de la APR. .
Cuatro días después ( 13/07/16) la APR determina la conformación de la comisión técnica evaluadora y se les remite el expediente presentado.
A esto se suma otras reuniones posteriores en las que la APR aprobó otorgar a la empresa Micheport la resolución de la autorización definitiva de uso de área acuática y franja ribereña, así como la adjudicación de los terrenos adyacentes a la franja ribereña.
¿Por qué esa desesperación de la APR en fallar a favor de la empresa Micheport pese a que la Autoridad Portuaria Nacional (APN), ha demostrado que dicha empresa no ha cumplido en su proyecto con los lineamientos de la política portuaria nacional?.
Recientemente la Dirección General de Capitanías emitió un pronunciamiento señalando que la APR está usurpando funciones, ya que no es el órgano competente para emitir el permiso correspondiente a la empresa Micheport para el uso definitivo del aérea acuática, por lo se reserva las acciones legales pertinentes.
¿Sabrán en la APR lo que significa usurpar funciones y las penalidades que corresponden ante este tipo de actos que van en contra de los intereses del Estado? Cuidado con el tema de la corrupción que en estos días está muy de moda… Mucho cuidado.