RCR, 23 de julio 2018.- El viceministro de Minas, Luis Miguel Incháustegui, entregó en la región altiplánica la autorización a mineros para que puedan realizar actividades extractivas como parte de acciones del proceso de formalización minera integral que ejecuta el gobierno.
Cerca de 900 pequeños mineros y mineros artesanales fueron autorizados a realizar actividades extractivas en Puno como parte de acciones del proceso de formalización minera integral que ejecuta el Ministerio de Energía y Minas (MEM) en diversas regiones.
La reciente entrega de autorizaciones en Puno con lo que ya suman 1,992 pequeños mineros y mineros artesanales que ya se han formalizado.
Detalló que se entregaron autorizaciones a mineros de la comunidad campesina Punayllu, poseedora del derecho minero “Renovación 7”, así como a las empresas Sagrado Cuna Cuna S.A.C., con derecho minero “Capajorco 33” y “Koritonqui de Puno”, dueña del derecho de igual nombre.
Durante la entrega de las resoluciones, el viceministro de Minas, Luis Miguel Incháustegui, felicitó la decisión de los mineros, y afirmó que para el Estado lo más importante es su seguridad, así como el cuidado ambiental.
Por su parte, Alberto Rojas, director general de Formalización Minera sostuvo que “este es un hito importante que representa la voluntad de crecimiento de los pequeños mineros y de los mineros artesanales de Puno y el avance del trabajo conjunto con el Minem que da asistencia técnica y legal”.
En el acto también estuvieron presentes el Gobernador Regional de Puno, Juan Luque Mamani, el Director Regional de Energía y Minas, Fischer Condori y otros funcionarios.
Empadronamiento
De otro lado, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) implementará un padrón para la acreditación de personas que desarrollan prácticas tradicionales vinculadas a la actividad minera a pequeña escala en La Rinconada y Cerro Lunar del distrito de Ananea, en la provincia de San Antonio de Putina, así como en las provincias de Sandia y Carabaya (región Puno).
Así lo señala el Decreto Supremo Nº 018-2018-EM publicado hoy en el diario oficial El Peruano, que modifica al Decreto Supremo Nº 027-2012-EM, y que precisa que el desarrollo de estas prácticas comprende un sinnúmero de transacciones comerciales con procesadores y comercializadores de oro que deben ser registradas.