En Vivo

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RESTITUYE AUTONOMÍA UNIVERSITARIA

RCR, 22 de diciembre de 2022.- Ernesto Blume, expresidente del Tribunal Constitucional (TC), dijo que el TC ha restituido la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas al declarar infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31520, norma que modifica el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).

El exmagistrado precisó que el día 20 del mes en curso, el Tribunal Constitucional emitió una sentencia, en la cual declara infundada la demanda interpuesta contra la Ley 31520, norma que en su artículo primero restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas en el marco del cuarto párrafo del artículo 18 de la Constitución Política del Perú, donde indica que las universidades son autónomas en su régimen de gobierno, académico, administrativo, económico y normativo”.

Asimismo, enfatizó que el TC ha establecido en esta sentencia, en aplicación del artículo 107 del Nuevo Código Procesal Constitucional, que la demanda es infundada y por lo tanto la Ley 31520 mantiene su plena y absoluta constitucionalidad.

El expresidente del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Blume, lamentó que la SUNEDU haya estado dando un espectáculo muy lamentable al propiciar el desacato de esta ley. “Inclusive ha llegado al extremo de plantear un amparo y lograr una decisión prevaricadora de una jueza de primera instancia, que felizmente está en este momento en apelación, en donde se pretendía que el Congreso suspendiera los efectos de esta ley”, afirmó a través de Red de Comunicación Regional (RCR).

SENTENCIA DEFINITIVA

Tras la sentencia del TC de declarar infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31520, Ernesto Blume, expresidente del Tribunal Constitucional, enfatizó que ésta es definitiva y no puede ser cuestionada ante otra instancia.

“Todos los jueces del Poder Judicial deben entender que la Ley 31520 está vigente, es constitucional y deben aplicarla, y no solamente los jueces, sino todos los órganos administrativos empezando por el Ministerio de Educación y la SUNEDU.

En este sentido, indicó que la sentencia del TC marca una jurisprudencia en el ámbito de la legalidad en el país. “El TC ha actuado con todo rigor, se ha ajustado plenamente a la Constitución y a la ley y, a pesar de que se pretendía que se anulara la ley cuestionada que he mencionado hace unos instantes, el tribunal ha señalado que la demanda es infundada y lo ha hecho por cinco votos, de los seis magistrados intervinientes cinco magistrados han opinado qué la demanda es infundada”, subrayó.

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES

Ante las especulaciones de que Ley 31520 restituye a la vieja Asamblea Nacional de Rectores, o que va a licenciar a universidades cerradas o que se pretende tumbar a la SUNEDU, Ernesto Blume dijo que “todas esas argumentaciones son falsas y quienes han estado detrás de este accionar inconstitucional e ilegal tendrán que responder ante el Ministerio Público y ante el Poder Judicial”, apuntó.

Manifestó que todo este ardid argumental montado por SUNEDU se ha caído como un castillo de naipes con esta sentencia del TC, que ha puesto las cosas en su sitio. “La Ley 31520 es una ley que se ajusta la Constitución y es una ley que reestablece la autonomía Universitaria, es una ley que recompone a SUNEDU y lo hace un órgano más democrático, más representativo y más inclusivo”, expresó.

Destacó que la SUNEDU va a seguir existiendo, pero va a seguir insistiendo no como un apéndice del Poder Ejecutivo, no como simplemente un brazo del Poder Ejecutivo para meterse a manejar las universidades violando su autonomía, sino que va a seguir existiendo como un órgano democrático, representativo e inclusivo, que represente todos los aspectos vinculados con la educación, para lograr una educación de calidad, que garantice la formación de los jóvenes.

TC DECLARA INFUNDADA DEMANDA INCONSTITUCIONAL CONTRALEY QUE MODIFICA EL CONSEJO DIRECTIVO DE SUNEDU