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FISCAL DE LA NACIÓN ZORAIDA ÁVALOS COMETIÓ UNA GRAVE OMISIÓN POR NO INVESTIGAR AL PRESIDENTE PEDRO CASTILLO

RCR, 19 de Diciembre 2021 .- Mario Amoretti, exdecano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), sostuvo que la Fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, cometió una grave omisión por no investigar al presidente Pedro Castillo cuando se destaparon sus reuniones clandestinas con empresarios en Breña y se halló 20 mil dólares en poder de su exsecretario Bruno Pacheco. Dijo que procurador general del Estado, Daniel Soria, al denunciar el mandatario por los presuntos delitos de patrocinio ilegal y tráfico de influencias, está actuando de acuerdo a ley.

“La verdad es que esta situación no viene sino a indicarnos que existe una grave omisión por parte de la Fiscalía de la Nación, no haber dispuesto una investigación, porque el presidente de la República, de acuerdo al artículo 118 de la Constitución, sí puede ser objeto de una investigación. Lo que el no puede ser es juzgado y acusado por la fiscal, sino 30 días después de terminado su mandato”, dijo a través de Red de Comunicación Regional (RCR).

Explicó que el Código Procesal Penal del 2004 y varias sentencias de la Corte Suprema señalan que no se requiere convicción, se requiere simple sospecha de que aparezcan características de la comisión de un hecho delictivo, porque para eso se investiga, para eso se inicia una investigación preliminar, para reunir las pruebas y llevar a cabo diligencias para comprobar si hay o no un delito. “La fiscal está en la obligación de iniciar una investigación ante la simple sospecha, no para acusar”, indicó.

Remarcó que el procurador Soria está actuando de acuerdo a ley ante la inercia u omisión de parte de la Fiscalía de la Nación. “La Fiscalía de la Nación, recordemos, en el caso del 14 de noviembre del año pasado, y el 15 de noviembre ya estaba denunciando a Manuel Merino, Antero Flores Aráoz y a Gastón Rodríguez, con una celeridad nunca vista, pero denunció al día siguiente imputando hechos que no son ciertos”, observó.

Señaló que llama la atención que la Fiscalía no haya pedido hasta el momento la exhibición de los videos de las cámaras de seguridad de la secretaria, de los pasadizos, de las oficinas contiguas. “No haya incautado las computadoras, recordemos lo que hizo Vizcarra para tratar de borrar el ingreso de Richard Swing a Palacio de Gobierno, ordenó que se borraran esos ingresos. Aquí la Fiscalía, cuando se trata de agentes o funcionarios del Gobierno, omite disponer que se lleven las diligencias urgentes y necesarias e inaplazables”, agregó.

Precisó que el delito de tráfico de influencias es cuando un funcionario público hace alarde de tener influencias, pero aclaró que en este caso es una influencia real. “Tiene poder decisión y hay indicios razonables de que puede estar involucrado el presidente de la República en razón de haber sido visitado en su domicilio en Breña por personas que han obtenido contratos o licitaciones antes o después de estas visitas. Esto puede significar indicios que nos dan un probable tráfico de influencias”, apuntó.

Declaró que el patrocinio ilegal es cuando un funcionario público se interesa y bajo la modalidad de ejercer pretensiones de la parte que en ese momento está solicitando, por ejemplo, una determinada resolución, que dicte a favor de la empresa.

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ENTREVISTA A MARIO AMORETTI, ABOGADO PROCESALISTA PENAL Y EXDECANO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA