- Sexta modificación del Sistema Nacional de Salud
Dentro del Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo que, según ha trascendido, solicita facultades para legislar por 120 días al Congreso de la República, figura la propuesta de “reorientar el Sistema Nacional de Salud hacia la Atención Primaria de Salud para lograr el acceso universal en salud en el primer nivel de atención”, que está compuesto de por lo menos de ocho futuros decretos legislativos.
El sustento técnico para justificar la propuesta no es claro, porque utiliza una serie de términos muy genéricos y ambiguos; como, por ejemplo, “reorganizar los establecimientos de salud para el cuidado de la salud con atributos de primer contacto, longitudinalidad, coordinación e integralidad”. Igual ambigüedad tiene la frase: “modernizar la Promoción de la Salud y Gestión Territorial que incentive el trabajo articulado entre gobierno nacional, regional y local con participación social”.
En ese sentido, la comprensión de estas frases, tal como están redactadas, podría “satisfacer” a la mayoría de la población; sin embargo, el verdadero contenido solo es entendible para aquellos que comparten la concepción ideológica del equipo que ahora lidera el Ministerio de Salud (Minsa). El glosario de términos, en esta circunstancia, debería ser obligatorio. Además, la reorientación del Sistema Nacional de Salud que se plantea es hacia la Atención Primaria de Salud; sin embargo, se circunscribe al Primer Nivel de Atención de Salud.
Otra vez, el Minsa insiste en la confusión entre Atención Primaria de Salud y Primer Nivel de Atención de Salud. Es decir, entre la estrategia de intervención social en salud, llamada Atención Primaria de Salud (APS), por un lado, y el establecimiento de salud, por el otro. Este último, también denominado Primer Nivel de Atención de Salud (puestos y centros de salud), y que es el lugar donde se programan, articulan y coordinan las estrategias de intervención de salud de la comunidad, en los determinantes económicos, sociales y culturales en salud y en la medicina preventiva.
Otro aspecto que llama la atención es la forma simplista en que se plantea el “acceso universal y gratuito de las personas a las prestaciones de salud del primer nivel de atención en una Red Integrada de Salud (RIS) independientemente de su régimen de afiliación”. Una de las más serias dificultades en la gestión de salud es romper las barreras que impiden el acceso a la salud de la población. Estas son de índole económico, geográfico, social y cultural, que, además, tienen diverso impacto en cada uno de los pacientes o usuarios potenciales de los servicios de salud. Por ejemplo, la existencia o no de una rampa de ingreso a un establecimiento de salud, puede concluir en una falta de acceso. Peor aún, si existen enormes distancias geográficas, o si se tiene que transportar con medios, terrestres, aéreos o acuáticos.
Eso implica, que no basta la gratuidad de la prestación médica, sino que también se debe incluir adicionalmente prestaciones económicas y sociales. La restringida concepción del Minsa basada “solo” en la atención médica, colisiona con la severidad del problema del acceso a la salud que debería resolver, y cuya solución implica una visión más amplia, que solo aporta la seguridad social universal en salud, porque brinda, como derecho, prestaciones médicas, económicas, sociales y otras.
La alusión que realiza el Minsa a la Redes Integradas de Salud para lograr el acceso “gratuito” a la salud, choca con el poco interés que ha mostrado el gobierno en conformarlas, a pesar de la existencia de la Ley 30885, vigente desde el 2018. La falta de interés ha sido consecuencia de la incomprensión del modelo, que ha sido visto, solo como un “enlazamiento” de establecimientos de salud (puestos y centros de Salud) como si fueran pequeños hospitales, y con la función de impedir que los pacientes acudan a los grandes hospitales. Es decir, convertirlos en “anillos de contención” que “modulen” la demanda de acceso a los hospitales. Como se puede apreciar, esta visión representa una clara afrenta o colisión con los derechos humanos.
La referencia al “régimen de afiliación” para lograr el “acceso universal” al Primer Nivel de Atención, (puestos y centros de salud) representa la mirada curativa de la propuesta. El régimen de afiliación a un seguro médico o de salud, implica que se definan los “daños o condiciones asegurables” de cada uno de los humanos. La estrategia de Atención Primaria de Salud, las intervenciones en los determinantes económicos, sociales y culturales, la promoción de la salud y la medicina preventiva, son actividades que tienen impacto en la salud pública, en las colectividades, en el bienestar de la población, y, por tanto, anteceden al interés individual que se plasma con la compra o la recepción de una póliza de seguro médico o de salud.
El ejemplo más cercano ha sido la pandemia por Covid-19. La “equivocación” del Minsa reside en que pretende eludir su responsabilidad con la salud pública, y utilizar los dineros de los propios afiliados a la seguridad social, como EsSalud y otros. Sin embargo, este “error”, es cuestionable, porque para camuflarlo, se reviste de curativa a la Atención Primaria de Salud, desvirtuándola y restándole eficacia.
El Minsa, una vez más propone modificar el Decreto Legislativo 1161 del 2013, para lograr el “fortalecimiento de su rectoría”, y luego la reorientación de Sistema Nacional de Salud, sin percatarse de queen el último lustro estas normas se han modificado cinco veces. Luego, de analizar la incomprensión de la Atención Primaria de Salud y la forma en que se pretende reorientar el Sistema Nacional de Salud parece obvio que esta propuesta de modificación, que sería la sexta, tampoco será la última. ¡Alto a la improvisación!