Fuente: Andina
Formuladas por la Defensoría del Pueblo
En atención a las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo, la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas eliminó el requisito que exigía a los postulantes en la modalidad de “Personas con Discapacidad” acreditar su condición a través de la resolución de inscripción en el registro del Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad (Conadis).
Con esta modificación a su reglamento general de admisión, la inscripción a la mencionada modalidad se podrá realizar presentando el certificado de discapacidad expedido por las autoridades de la salud.
Esta intervención defensorial se originó a partir de la queja formulada por un ciudadano con discapacidad visual (ceguera en ambos ojos), por la presunta vulneración de su derecho a la educación. Según la información recogida, se le habría negado la inscripción al proceso de admisión por no contar con la resolución expedida por el Conadis.
Tras la atención a las recomendaciones defensoriales, el ciudadano accedió al proceso e ingresó de manera satisfactoria a la carrera profesional de Psicología.
La Defensoría del Pueblo precisó que según la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, los ciudadanos con discapacidad tienen derecho a recibir una educación de calidad con enfoque inclusivo, que responda a sus necesidades y potencialidades, en el marco de una efectiva igualdad de oportunidades.
Asimismo, dispone que las universidades, institutos y escuelas superiores deben realizar ajustes razonables y adaptaciones a las normativas correspondientes para garantizar su acceso y permanencia.
La citada norma establece también que el certificado de discapacidad es otorgado por médicos registrados de establecimientos de salud pública y privada a nivel nacional. La evaluación, calificación y certificación son gratuitas.