La norma reduce a la mitad la carga tributaria y laboral, lo que evidentemente es un alivio para emprendimientos agrícolas, pecuarios, acuícolas y agroindustriales.
RCR, 07 de febrero 2018.– La Ley 27360 -Ley de Promoción Agraria- es una normativa importante que beneficia a gran parte del sector agrícola y pecuario del país, pero lamentablemente es poco conocida, a pesar que este dispositivo legal ya tiene vigencia por 18 años, expirará el 2021 si antes no la prorrogan. Hay voces que quieren extender su vigencia por 10 años, otros eliminar los plazos, e incluso un sector pide su derogatoria, pero lo cierto es que ha beneficiado la formalización de muchos agricultores y empresas en el sector agropecuario, sostuvo Francisco Pantigoso, abogado especialista en tributación.
CRÉDITOS
Es necesario que desde el Ejecutivo, dijo Pantigoso, se procure difundir en mayor medida las ventajas que ofrece esta norma legal, para que llegue a todos los rincones del país y pueda ser conocido por las mayorías.
“Deben saber que quienes se acojan a esta Ley, podrán ser sujetos de crédito para recibir préstamos del Banco Agrario o cualquier entidad financiera, y además se beneficiarán de una serie de incentivos tributarios y laborales”, comentó.
Agregó que “los sujetos comprendidos son básicamente las personas naturales o jurídicas que generan cultivos vegetales, con algunas excepciones, así como los dedicados a la crianza de peces (acuicultura). También está considerada la actividad agroindustrial, y la avícola”.
Pantigoso señaló que la industria avícola se incorporó a último momento, “prácticamente de contrabando”, cuando se expidió la reglamentación (DS. 049-2002) ya que la ley no decía nada relacionado con aves.
“Ese sería el motivo porque los negocios avícolas han crecido significativamente en los últimos años. Los que se han acogido a esta Ley son personas que tienen más formación profesional, asesores y especialistas que tienen acceso a la información y saben analizar las ventajas”, manifestó.
REGIMEN PROMOCIONAL
En cuanto a los beneficios que ofrece, el especialista señaló que esta norma tiene dos capítulos centrales referidos a los aspectos tributario y laboral.
“Este régimen de promoción otorga beneficios tributarios y laborales a las personas jurídicas o naturales que realicen emprendimientos de tipo agroindustriales, actividad avícola o acuícola. Sobre los beneficios tributarios, el régimen establece que se pagará el 15% por concepto de impuesto a la renta, y que se puede recuperar de forma anticipada el impuesto general a las ventas (IGV)”, anotó.
Igualmente, dijo, en cuanto a beneficios laborales, el régimen estipula que los trabajadores contratados bajo la ley tendrán un jornal diario, en el que se incluye la compensación por tiempo de servicios (CTS) y gratificaciones por fiestas patrias y navidad. Asimismo, se le asigna a los trabajadores quince días de vacaciones remuneradas, indemnización por despido arbitrario, aporte al seguro social (equivalente al 4% de la remuneración mensual), y jornada de trabajo de ocho horas diarias y 48 a la semana.
“En pocas palabras, la ley quita la carga de tributos y de aportes a la seguridad social, a la mitad, lo que evidentemente es un alivio para emprendimientos de esta naturaleza, en momentos que varios sectores están sufriendo embates complicados a nivel de precios y sobreproducción”, indicó.
Pantigoso recomendó acogerse a esta Ley, para lo cual los agricultores solo deben acercarse a una oficina o Intendencia de la SUNAT, solicitar y llenar un formulario sencillo, y listo. La prórroga de la Ley se encuentra en manos de la Comisión Agraria del Congreso de las República, concluyó.
Ver entrevista…