Magistrada Villa Bonilla advierte que se defenderán y explicarán su postura.
La promulgación del Estatuto de la Sala Penal ha generado diversas reacciones en el entorno judicial y, para despejar dudas, se pronunció la coordinadora de dicha sede judicial .
¿Los jueces de la Sala Penal Nacional están en una actitud de rebeldía?
Nosotros no estamos en una actitud de rebeldía. Lo que estamos haciendo es tratando de que se aplique una norma, o sea, el respeto a la ley. Porque cuando se trata de la conexidad (delitos colaterales), las competencias las establece el Código (Penal).
¿Cómo así?
Cuando la ley no lo dice, se recurre al Código Procesal (Penal) y dice: Los supuestos de conexión previstos en el artículo 31, la competencia se determinará al juez que conoce la competencia del delito con la pena más grave, y la pena más grave en estos casos (Odebrecht) es lavado de activos.
¿Qué sucede cuando la pena es la misma?
O sea, si tengo dos hechos delictuosos con la misma pena, le corresponde primero al juez que recibió la notificación, según el artículo 3°, quien proveyó primero. El tema está claro, el tema es legal, el tema es que nosotros no estamos siendo rebeldes; simplemente estás pidiendo que se aclare esta situación.
Entonces, ¿cómo podemos interpretar las palabras del presidente del PJ?
Yo no lo interpreto como rebeldía. Lo que estamos pidiendo es que se aplique la ley, es un tema legal, no de rebeldía. Yo como juez me debo a la ley y a la Constitución.
El presidente del PJ ha convocado a los jueces supremos para que deliberen en un pleno el pedido de la SPN.
Es facultad del presidente del Consejo Ejecutivo reunir al Pleno y discutir el tema, es legal.
El presidente del PJ dijo que si los jueces de la Sala Penal no acatan la disposición, debe intervenir la OCMA. ¿Lo considera una actitud extrema?
Bueno, yo no les temo a las investigaciones, para eso existe la ley. Tampoco quiero que abran investigación, no se trata de eso. Si él (Duberlí Rodríguez) decide que se investigue, nos defenderemos en el momento que corresponda y explicaremos el porqué de nuestra postura. No es solo mía, sino de todos los jueces de la Sala Penal Nacional.
¿Cuál es la base legal que ampara la puesta en funcionamiento de la Sala Penal?
Nosotros tenemos base legal en la Ley 30077 Contra el Crimen Organizado, que establece competencias para ver todos los delitos e incluye a los delitos contra la administración pública. Los decretos legislativos 1307 y 1342 son normas complementarias.
¿Qué norma establece las competencias?
En el Decreto Legislativo 1342 se modifica la tercera disposición complementaria de la Ley 30077, Ley Contra el Crimen Organizado. Los juzgados penales nacionales tienen competencia objetiva, funcional y territorial para conocer los procesos penales por los delitos graves cometidos por una organización criminal. La competencia de los referidos órganos jurisdiccionales queda sujeta a la verificación de la concurrencia de todos estos requisitos.
El presidente del PJ la convocó para informarle el contenido de un nuevo estatuto.
Fui convocada el 18 de octubre para escuchar las observaciones realizadas al estatuto propuesto por el Consejo Ejecutivo del PJ. Concurrí acompañada del Dr. Octavio Sahuanay y expusimos nuestro punto de vista y una de las observaciones fue el tema de la competencia. Meses atrás presentamos un documento referido a la competencia.