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INDEPENDIENTES QUE GANEN HASTA S/ 3,026 AL MES NO PAGARÁN IMPUESTOS ESTE 2018

Fuente: Gestión

Quienes brindan recibos por honorarios (rentas de 4ta categoría) se verán favorecidos por el alza de la UIT.

Los trabajadores dependientes e independientes se beneficiarán con el alza de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) dispuesta para este año, pues elevará la valla de exoneración del pago del Impuesto a la Renta (IR) y los tramos de referencia para quienes sí tendrán que pagar el IR.

Hace unos días el Gobierno dispuso el aumento de la UIT, que pasó de S/ 4,050 el 2017 a S/ 4,150 para este 2018.

En el caso de los trabajadores independientes- quienes brindanrecibos por honorarios (rentas de 4ta categoría)- para calcular el IR primero se suman todos los ingresos del trabajador durante el año (12 remuneraciones), luego se le aplica una deducción del 20% de ese ingreso bruto y además a este monto se le deduce 7 UIT.

Teniendo en cuenta estos factores, los trabajadores independientesque ganen hasta S/ 3,026 al mes no pagarán IR este año. Cabe recordar que el 2017 el tope fue de S/ 2,953.

Este sueldo tope de referencia que será exonerado del IR (S/ 3,026) fue calculado por Gestión.pe, pero en los próximos días será oficializado por la Sunat.

El monto tope de referencia anual exonerado del IR será de S/ 36,312 (S/ 3,026 x 12). Por ello, si un trabajador independiente en un determinado mes gana más de S/ 3,026, pero en el año proyecta una ganancia menor a S/ 36,312, también quedará libre del pago de impuestos, pero deberá solicitar a la Sunat la suspensión de las retenciones por el pago a cuenta del IR.

Tramos de pago
Si un trabajador independiente tiene ingresos anuales por más de S/ 36,312, al monto sobrante se aplica una tasa del IR -diferenciada por tramos- para determinar el impuesto a pagar.

Así, si el monto sobrante de S/ 36,312 se ubica hasta en 5 UIT (S/ 20,750), se aplicará una tasa de 8% sobre este monto y el resultado será el impuesto a pagar. Para el tramo entre las 5 hasta 20

UIT, la tasa del IR será de 14%.

Para el tramo entre las 20 y 35 UIT la tasa de IR será de 17%; para el tramo entre las 35 y 35 UIT la tasa será de 20% y para el tramo superior a las 45 UIT la tasa será de 30%.

En el caso de los trabajadores en planilla, para conocer quiénes estarán exonerados del pago del IR con la nueva UIT pueden hacer click en este enlace: