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PJ ORDENA DEJAR EN LIBERTAD A SENDERISTA OSMÁN MOROTE

Fuente: Diario Correo 

Excarcelan al exnúmero 2 de Sendero Luminoso y a las terroristas Margot Llendo Gil y Victoria Trujillo Agurto

Todo indica que la salida de prisión de cabecillas senderistas es inminente. Hace unos días, el Poder Judicial revocó la prolongación de la prisión preventiva de Osmán Morote, Margot Liendo y Victoria Trujillo. Este diario accedió a la Resolución N°61 que emitió la Sala Penal Nacional (Colegiado E).

El tribunal, integrado por Lorenzo Ilave (presidente), Enma Benavides (ponente) y Teófilo Salvador, a cargo del juicio por el caso Perseo, llegó a la conclusión de que existe un exceso de carcelería de los cabecillas y que se habría vencido el plazo al cumplirse sus penas (en los casos de Morote y Liendo, de 25 años, y en el de Trujillo, de 20 años).

Así las cosas, determinó que no procede ampliar el plazo por 12 meses, dado que el periodo máximo de 36 meses se cumplió, según la ley.

Inicialmente, los jueces ordenaron un plazo de nueve meses de prisión preventiva y luego se amplió a 18. Posteriormente, en aplicación del artículo 137 del Código de Procedimientos Penales, se prolongó la prisión preventiva, debido a su complejidad, a 36 meses.

El tribunal consideró que extender el plazo 12 meses más debía ser materia de análisis, razón por la cual tomaron la decisión de cambiar la medida.

Según el documento, se revoca la resolución que declaró fundado el requerimiento fiscal de prolongación de plazo de prisión preventiva por 12 meses de Abimael Guzmán, María Pantoja, Margot Liendo, Osmán Morote, Florindo Flores, Victoria Trujillo, Zulma Peña y Atilio Cahuana.

Esta resolución fue dada luego de la apelación interpuesta por los abogados de los procesados por los presuntos delitos de filiación al terrorismo y narcotráfico.

Cabe señalar que la resolución no alcanza al cabecilla Abimael Guzmán, Florindo Flores (Artemio) y María Pantoja, debido a que estos purgan cadena perpetua.

Según las pesquisas, el Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), brazo político de Sendero Luminoso, fue financiado con dinero proveniente del narcotráfico a través de “Artemio”, excabecilla de Sendero Luminoso en el Huallaga y sentenciado en el 2013 por terrorismo, narcotráfico y lavado de activos.

Aunque se pensó que tanto Morote como Liendo mantenían procesos pendientes, la duda quedó despejada al conocerse que en el caso Tarata y Soras, por el que estaban procesados, ya no tendrían ninguna clase de restricción y, por lo tanto, quedaron expeditos para salir de prisión.

Según fuentes judiciales, el único juicio por el cual no podían abandonar el recinto penitenciario era el caso Perseo. Esto debido a la orden que emitió un juzgado penal, la cual amplió el plazo de prisión preventiva por un año más contra los implicados.

Ahora, tras la decisión del Colegiado E, Morote, Liendo y Trujillogozarán de libertad pero con restricciones, de acuerdo con la disposición emitida por el tribunal superior.

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La Sala ordena “la inmediata libertad de los procesados (…) Dictaron: mandato de comparecencia, con restricciones contra los procesados en cuanto a este proceso a excepción de los que cuenten con mandato de detención vigente o condena (…)”, reza otra parte de la resolución.

Asimismo, la Sala dispuso que los procesados, al obtener su libertad, deberán señalar su domicilio real y no ausentarse de su residencia sin autorización judicial.

“En cuanto a los procesados que no tengan otro mandato de detención o no estén cumpliendo sentencia privativa de libertad, deberán señalar domicilio en la ciudad de Lima, dentro de las cuarenta y ocho horas de obtenida su libertad, no debiendo ausentarse del lugar de su residencia sin autorización o aviso de la autoridad judicial”, se lee en el documento.

FISCALÍA. Según los fundamentos del Ministerio Público, se debieron observar dos temas puntuales: uno, la norma en el tiempo; y dos, la criminalidad organizada.

Sobre el primer punto, la Tercera Fiscalía Superior Penal Nacional refirió durante la audiencia por esta incidencia que se debió aplicar el Decreto Legislativo 638 en cuanto a la prisión preventiva.

“Hay que tener consideración de que una cosa es la ley penal material y otra la ley procesal, ambas tienen una aplicación distinta en el tiempo, por lo que las normas materiales tiene que aplicarse conforme a la norma vigente al momento de cometerse los mismos; sin embargo, en la norma procesal, como es el caso de la prisión preventiva, la prolongación, la cesación, entre otras actividades procesales, la aplicación de la norma es diferente”, sostiene la Fiscalía.

Pese a ello, la Sala respondió en la resolución sobre este punto que la Fiscalía debió hacerlo de acuerdo a las normas vigentes, artículos 272 y 274 del Nuevo Código Procesal Penal, por disposición del Decreto Legislativo 1307 (marzo del 2017).

En el caso de la aplicación de la Ley 30077 (crimen organizado), la Fiscalía concluye que la cúpula de Sendero Luminoso (SL) es una organización criminal, dentro de la cual se idearon, aprobaron y ejecutaron los delitos cometidos.

Hasta el cierre de esta edición, este diario conoció que se estaban verificando los domicilios que los cabecillas senderistas habían consignado como futura residencia luego de que dejen los penales donde se encuentran.

MÁS DATOS:

Salida. Senderista iría a vivir con su hija a Puente Piedra.  El terrorista Osmán Morote iría a vivir a la casa de su hija, Victoria Morote, en Puente Piedra, o a Chaclacayo, donde reside un familiar, según información de Inteligencia.

Entre tanto, la senderista Margot Liendo se refugiaría en el distrito de Santa Anita, en casa de un familiar. Se desconoce dónde residirá su compañera Victoria Trujillo.