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REINTEGRO TRIBUTARIO EL ÚLTIMO REFUGIO

REINTEGRO TRIBUTARIO EL ÚLTIMO REFUGIO

Por Roger Grández Ríos – Director del  Instituto de Desarrollo Socioeconómico (IDS) – Loreto

En el Marco Macroeconómico Multianual (MMM 2017-2019) Revisado1/, dentro de los lineamientos de la política tributaria, refiere que Se evaluará la implementación de una nueva estrategia que permita racionalizar las exoneraciones tributarias y los tratamientos preferenciales existentes, buscando no solo la reducción de estos sino también evitar que proliferen o sean aprobados otros nuevos.

El director ejecutivo del Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), César Peñaranda, sostuvo que los beneficios tributarios deben ser desterrados progresivamente, y en el caso de las exoneraciones la eliminación debe ser drástica, pues afecta la recaudación.2/

En el caso del departamento de San Martín, un estudio reciente de GRADE3/ respecto a la renuncia a las exoneraciones tributarias, como el Reintegro Tributario y el IGV a los productos importados, concluye que San Martín hubiese crecido entre el 2006 y el 2015 apenas al 4.2% anual en lugar del 6.8% alcanzado, si no hubiese optado por renunciar a las exoneraciones tributarias y recibir a cambio transferencias directas para inversión pública.

La eliminación del Reintegro Tributario en San Martín y del IGV a la importación, se dio en circunstancias donde la SUNAT detecta que buena parte de las mercancías no llegan a su destino final, de ahí nace el concepto de empresas de fachada o empresas de papel.

En el caso del departamento de Ucayali, el progreso que viene obteniendo su actividad económica se evidencia por tener una economía mejor estructurada y real, donde no existe la distorsión que genera el Reintegro Tributario que promueve el comercio en desmedro de un desarrollo local autóctono, que genere emprendurismo y mano de obra de calidad.

Tanto los departamentos de San Martín como Ucayali, siguen gozando de los beneficios de exoneraciones hasta el 2048 comprendidos en la Ley de Promoción de Inversión en la Amazonía (Ley 27037), como también lo tienen Loreto, Madre de Dios y Amazonas, así como algunas provincias y distritos de Huánuco, Cusco, Cajamarca, Junín, Piura, La Libertad, Huancavelica, Puno, Pasco, Junín y Ayacucho.

El departamento de Loreto, es el único que mantiene vigente el beneficio del Reintegro Tributario, hasta el 31 de diciembre de 2018.

REINTEGRO TRIBUTARIO2017

En el año 2017, los comerciantes de Loreto percibieron del tesoro público la cantidad des/.106.5 millones en la forma de devolución o compensación del IGV pagado por los artículos listados en el Anexo I y II del Decreto Ley 21503 (1976) y los especificados y totalmente liberados del Arancel comprendidos en el Convenio de Cooperación Aduanera Peruano Colombiano (1982), para que los precios de los artículos comercializados y consumidos en Loreto por sus ciudadanos no se carguen con el 18% del IGV en el producto final. Esta lista de bienes exonerados del IGV tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.

Los bienes comercializados y consumidos en los mercados de Loreto con el beneficio tributario del Reintegro tuvieron un valor des/.592 millones; de los cuales s/.24 millones corresponde a productos farmacéuticos. En la lista de los beneficiarios destacan las empresas dedicadas a la comercialización de productos farmacéuticos, que fue de s/.4.4 millones en devoluciones, duplicándose de esta manera los obtenidos en el 2016, que fue de s/.2 millones.

¿Cómo va afectar la propuesta de eliminación del Reintegro Tributario en la economía de Loreto?

Unas transferencias directas, que podrían estar entre los s/.100 a s/.115 millones anuales, para financiar obras de infraestructura básica, desarrollo productivo y turístico, y formación de habilidades humanas, sin que este fondo vaya a sustituir la programación de inversiones y los compromisos de inversión del tesoro público y lo que genere la renta petrolera; va provocar: a)dinamizar a la economía como consecuencia de una mayor inversión y la inyección de liquidez, b)va recuperar mano de obra forzadamente desocupada como consecuencia de la recesión sufrida como producto de la paralización de la actividad petrolera y del sector forestal, y, c)se va encaminar hacia una diversificación productiva. La economía regional puede crecer a un ritmo de no menos 5%en los próximos años (en el periodo2008 al 2017, el PBI de Loreto fue de 2.6% anual) y consolidando una economía con mayor dinamismo, con una fortaleza laboral de mayor aprendizaje y mejor remunerados y una ruralidad más cohesionada.

Este dinamismo de la economía, con una mayor liquidez y creadora de empleo de mano de obra, va generar que las familias demanden mayor cantidad de bienes y servicios como consecuencia de una ampliación del mercado, y los comerciantes podrán vender mayor cantidad de bienes y de una rotación más veloz de sus mercaderías de lo existente hoy en día.

Crecer a una tasa sostenida de no menos de 5% del PBI en los próximos años va ser una realidad, y va ser posible y duradera si se impulsa modificaciones a la Ley de Promoción de Inversión a la Amazonía (Ley 27037) como también realizar cambios sustanciales al Convenio de Cooperación Aduanera Peruano Colombiano.  Estos beneficios permanecerán en el tiempo.

¿Cómo va afectar la propuesta de eliminación del Reintegro Tributario a los consumidores de bajos ingresos?

Una familia de bajos ingresos comprendidos en el nivel socioeconómico D-E, no se va sentir afectado drásticamente. Si abrimos su canasta de compras y de consumo diario, se verá con mayor facilidad el impacto. Todos los días, consumen pasta dental, jabón, detergente, papel higiénico, champú, perfume, toallas higiénicas. Estos productos NO TIENEN REINTEGRO TRIBUTARIO.

Todos los días cocinan: las verduras como ingrediente para su sopa, arroz, carnes, plátano, yuca, papa, aceite(si se produce en la amazonia, como el aceite marca Palmerola que es utilizado por las familias de bajos ingresos),gas (si es producido en la planta de gas de Aguaytia-Pucallpa),fósforo, y las frutas, NO TIENEN REINTEGRO TRIBUTARIO.

En las festividades de San Juan, los ingredientes para preparar el tradicional JUANE, como el arroz, huevo de gallina, pollo o gallina, guisadores, NO TIENEN REINTEGRO TRIBUTARIO.

En los casos de productos que se consumen diariamente, como el azúcar y el aceite de origen importado, NO TIENEN REINTEGRO TRIBUTARIO. Si una familia de bajos ingresos desea cambiar su techo de criznejas por calamina galvanizadas, y si quiere darle una mano de pintura a la fachada de su casa, estos productos NO TIENEN REINTEGRO TRIBUTARIO.

Si va festejar cumpleaños y desea comprar golosinas o productos de panificación, estos NO TIENEN REINTEGRO TRIBUTARIO. Si mejoran sus ingresos y desea cambiar su tushpa, por una cocina, o adquirir un TV para ver a la selección peruana participando el Mundial, o cambiar su tina por una lavadora, estos bienes NO TIENEN REINTEGRO TRIBUTARIO.

En el caso del cemento, si es importado o si es producido en San Martín/Rioja donde se encuentra la planta cementera de Pacasmayo, NO TIENEN REINTEGRO TRIBUTARIO.

En el caso de consumo de leche, los gobiernos locales administran el PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, por un valor de s/.16 millones anuales para los grupos humanos de mayor vulnerabilidad.

El programa nacional QALI WARMA provee más de 63 millones de ración es para ser distribuidas a los niños de los centros educativos de Loreto, y en el 2017 tiene un presupuesto de s/.117 millones. Sustituir el perverso Reintegro Tributario en Loreto por un Fondos Directo, es la mejor

1/ MEF, aprobado en sesión de Consejo de Ministros del 26 de agosto de 2016.
2/ Suplemento Semanal ECONOMIKA N°249 (29/01/2018), diario oficial EL PERUANO
3/ Impacto de la renuncia de exoneraciones tributarias en la Región San Martín: estimación preliminar. Javier Escobal, GRADE lima septiembre 2017.

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