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Por Ántero Flores-Aráoz

Estimo que el Congreso nuevamente se equivoca al haber aprobado lo que llama “LEY QUE REGULA EL GASTO DE PUBLICIDAD DEL ESTADO PERUANO”, la que ha anunciado el Gobierno que la observará, y ello con mucha razón.

El texto aprobado por el Congreso sólo permite a las entidades del Estado, incluso a sus empresas, publicitar en medios de comunicación del Estado y en redes sociales, quedando prohibida toda publicidad en medios privados, a excepción de publicidad en casos de desastres o emergencias nacionales y las campañas de educación electoral. El incumplimiento será delito de malversación, cárcel en buen romance.

El problema tiene varias aristas, como por ejemplo la existencia de norma vigente sobre publicidad estatal, esto es la Ley 28874, que si bien requiere modificaciones y precisiones pero no la sustitución, que es lo que hace el nuevo texto parlamentario.

Otra de las aristas es el privarnos de información, que es un derecho que la Constitución confiere a los ciudadanos.

No podemos olvidar tampoco, que al prohibirse la publicidad estatal en medios privados, estos medios tendrán que sustituir los ingresos del avisaje del Estado, elevando las tarifas para el avisaje privado, que al fin de cuentas se trasladarán a sus clientes, ergo nosotros, y que en consecuencia pagaremos todos los adquirientes y usuarios de los bienes y servicios del Sector Privado que se publiciten.

Quienes han aprobado la absurda medida, ni siquiera han tomado en cuenta que el Congreso ya no podrá publicar sus convocatorias a Legislaturas en ningún medio privado.  Tampoco podrá avisar en medios privados los excelentes libros que produce su Fondo Editorial.

Tampoco han advertido que el Ejército, Marina de Guerra, y Fuerza Aérea, requieren del denominado “Servicio Militar”, para cubrir las plazas vacantes, para lo cual publicitan los beneficios que da el Servicio a sus voluntarios, como educación, carreras cortas, alojamiento, vestido, alimentación y propinas.  Si ello no se publicita los cuarteles estarán vacíos.

Con la nueva Ley, de ser promulgada, nadie se enterará de las campañas de vacunación, de los nuevos consultorios externos y postas médicas que pudieren abrirse, y menos aún de los horarios de atención. Tampoco los padres de familia y sus hijos tomarán conocimiento de las fechas de inicio de los años lectivos.  Probablemente los camioneros y omnibuseros se toparán con barreras cuando se interrumpa el tránsito en alguna carretera para su reparación, dado que el avisaje del Sector Transportes dejará de realizarse.

Tratándose de empresas del Estado, como es Petro Perú, no podrá publicitar tampoco sus gasolinas y lubricantes en medios privados, que son los que por lo general lee, escucha o ve el público en general.

Lo que es peor, son las inconsistencias de la norma. Por ejemplo se exceptúa de la prohibición de publicidad estatal, a la necesaria en caso de desastres o emergencias nacionales.  Si el desastre o la emergencia está focalizada en alguna Región o Departamento, o en alguna Provincia y Distritos, no se podrá utilizar para ellos la prensa privada. Lo dejo aquí por ahora.

 

 

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