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MODIFICACIONES TRIBUTARIAS TIENEN UN AFÁN RECAUDADOR, VIOLAN REGLAS Y NO SON EQUITATIVAS NI JUSTAS

Experto tributarista, Francisco Pantigoso, insistió en que estas nuevos dispositivos tributarios debieron ser consultados y discutidos con los contribuyentes, ya que -anotó- “cuando las normas salen apresuradas o con el sesgo de recaudador, aparecen como abusivas”.  

RCR, 24 de septiembre.  Los 17 decretos legislativos aprobados por el Poder Ejecutivo, en materia tributaria, en uso de las facultades legislativas delegadas, “tienen un afán eminentemente recaudador, violando reglas y no siendo equitativas ni justas”, denunció el experto tributarista, Francisco Pantigoso.

“Son normas contraproducentes. Te cambian las reglas de juego. Y (ante ello) un inversionista o cualquier domiciliado no se arriesga, porque no quiere estar atropellado o fiscalizado por normas que no tienen discusión.  Lamentablemente, hay una mala señal que estaría dando el Ejecutivo”, subrayó.

Ante la expedición de estas facultades delegadas, hizo un llamado a la reflexión al Poder Ejecutivo para que “estas normas puedan corregirse, el Reglamento sea flexible y haya ciertas mejoras, ya que, así como están, suena a atropello”.

Con la aplicación de estas medidas, el ministerio de Economía espera obtener una recaudación adicional de S/ 9 800 millones, al 2020. Los decretos tributarios giran en torno a tres ejes, el primero, referente a la adaptación de la legislación peruana a las mejores prácticas internacionales y otras medidas para reducir la evasión y la elusión.

Asimismo, el segundo en la transformación digital para reducir los costos de cumplimiento, mejorar el control y fiscalización de la Sunat; y el tercero la facilitación del clima de inversión otorgando mayor predictibilidad al sistema.

En diálogo con Red de Comunicación Regional (RCR), Pantigoso fue claro en manifestar que estos dispositivos tributarios debieron ser consultados y discutidos con los contribuyentes, ya que -anotó- “cuando las normas salen apresuradas o con el sesgo de recaudador, aparecen como abusivas”.

“(Y una norma abusiva) viola el artículo 74 del Constitución. Todo el mundo debe saber sus derechos y éstos protegen a los contribuyentes, porque tienen los principios tributarios constitucionalizados: legalidad, uniformidad, respeto los derechos fundamentales de la persona y no confiscatoriedad, también”, especificó.

Explicó asimismo que entre los dispositivos publicados destaca el Decreto Legislativo 1422, por el cual renace la norma anti elusiva, que -dijo-” estaba escondida”, aunque advirtió que esta clase de normatividades viola el principio de la libre contratación.

“La norma anti elusiva es la que va en contra de las ´planificaciones tributarias´. Es decir, esas estructuraciones jurídicas (creadas) para pagar menos impuestos. La elusión lo que hace es tener una norma de cobertura que cubra a la que ha sido cubierta”, detalló.

De otro lado, el experto advirtió que otra de las normas aprobadas, referida al nuevo impuesto a los casinos, será recusada mediante una acción de inconstitucionalidad, al indicar que es  antitécnico e ilegal, porque va contra las reglas de la equidad y la justicia, ya que “vuelve a grabar con el impuesto selectivo al consumo a cada mesa y maquina tragamonedas, sobre la misma base imponible”.

En ese sentido, Pantigoso cuestionó el facilismo del ministerio de Economía por su política de  recaudación de impuestos, “porque se aprietan a los formales”, pero no hay soluciones coyunturales que permitan resolver el déficit fiscal.

Al respecto, recordó que las naciones desarrolladas, el pago de impuestos tiene contrapartidas palpables en materia de infraestructura que beneficie a los contribuyentes.

Consideró igualmente como “inteligente y positiva” la posibilidad de entender a la SUNAT el control fiscalizador del pago del impuesto predial, actualmente bajo responsabilidad de los municipios distritales del país, a cambio de una parte de la recaudación correspondiente a esta tasa.

“En estos años se ha visto una desidia y falta de tecnicismo para la fiscalización y cruce de información sobre el impuesto predial. Y esto va en detrimento de las jurisdicciones ediles. Pero esto es algo que va a beneficiar a las comunidades distritales. Dentro del respeto al derecho de los contribuyentes y los cánones que establece la Constitución”, apuntó.

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