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LIMA, MADRE DE DIOS Y PIURA LIDERAN DENUNCIAS POR TRATA DE PERSONAS EN EL PERÚ

Explica en RCR, Eliana Revollar, adjunta en la Defensoría del Pueblo.

RCR, 09 de noviembre 2017.- La Defensoría del Pueblo presentó el informe “Trata de personas con fines de explotación sexual en agravio de mujeres adultas. Estudio de casos en las regiones de Lima, Madre de Dios, Piura, Pasco, Lambayeque, Huánuco y Cusco”, mediante el cual se analiza carpetas fiscales y expedientes judiciales de las regiones señaladas.

Eliana Revollar Añaños, adjunta en la Defensoría del Pueblo para los Derechos de la Mujer, accedió a dialogar con RCR sobre el tema. Explicó que la trata de personas es conocida como una de las formas de esclavitud del siglo XXI y constituye un grave delito que vulnera derechos humanos como la vida, la libertad, la salud, la integridad, una vida libre de violencia y, en especial, la dignidad del individuo.

“Este delito persigue someter a las personas privándolas de su libertad con fines de explotación sexual, laboral, tráfico de órganos u otras formas, pudiendo darse en el ámbito interno o externo”, comentó.

Precisó que las condiciones sociales precarias, la violencia, la discriminación, la carga familiar y la falta de oportunidades en las que se encuentran muchas mujeres, son factores que contribuyen a exponerlas a una situación de vulnerabilidad y de riesgo a ser víctimas potenciales de este delito. Los tratantes utilizan distintas modalidades para captar a sus víctimas. Estas son el engaño, la amenaza o la coacción por medio de falsas ofertas de empleo u otras dinámicas de reclutamiento, para luego transportarlas –desde su lugar de origen al lugar de destino– y con ello obtener importantes beneficios económicos mediante la explotación.

INFORME REVELADOR

En el Informe, se identifican las dificultades en la aplicación del tipo penal de trata de mujeres adultas y evalúa la calidad de los servicios que brinda la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público y el Poder Judicial.

Entre los datos reveladores que brinda el Informe, Revollar advirtió que solo en el 7% de procesos iniciados, la Policía Nacional  registró los hechos como trata de persona; el Ministerio Público, en el 36% de  casos; en tanto, el Poder Judicial determinó que solo el 20% de ellos, el procesado era culpable. En ese sentido, se identificó que las y los operadores jurídicos, suelen calificar los hechos como delitos conexos y menos graves como favorecimiento a la prostitución, proxenetismo y rufianismo.

La Policía Nacional, a través del Sistema de Registro y Estadística del Delito de Trata de Personas y Afines (Reta), estableció que entre el 2007 y el 2016 se habían detectado 8,862 víctimas, de las cuales el 92% eran mujeres. En este segmento, el 41% fue objeto de trata orientada a la explotación sexual.

El informe de la Adjuntía para los Derechos de la Mujer da cuenta de la falta de valoración de la situación de vulnerabilidad de la víctima, que según la última modificación del tipo penal de trata, debe ser considerada para determinar la existencia o no de consentimiento. Así, sólo el 25% de las víctimas identificadas terminaron la educación básica regular y eran mayores de 25 años; el 75% de las víctimas tenían entre 18 y 25 años. Además, en el 42% de casos, las víctimas tenían hijos.

DENUNCIAS POR REGIONES

Es preciso mencionar que las regiones que registran mayor número de denuncias por trata de personas del 2007 al 2016 fueron: Lima (1346), Piura (846), Loreto (212), Madre de Dios (145), Cusco (91), Puno (91) y San Martín (61). Asimismo, la prevalencia de víctimas de explotación sexual ha sido significativa: 961 denuncias por explotación sexual (41%), 431 por explotación laboral (18%), 69 denuncias por mendicidad y venta de niñas/niños y adolescentes (3%) y en 897 denuncias no se ha determinado la finalidad de la trata (38%).

Por su parte, el Ministerio Público informó que las denuncias por el delito de trata de personas se registran desde el año 2009. El Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Público, a través del Sistra, ha registrado cuatro mil doscientas setenta y cuatro denuncias por trata de personas en treinta y dos distritos fiscales a nivel nacional entre los años 2009 y 2016.

Las regiones que presentan el mayor índice de denuncias por trata de personas son: Cusco, 279; Huánuco, 84; Lambayeque, 57; Lima, 1475; Madre de Dios, 369; Pasco, 11; y Piura, 246.

Revollar manifestó que los registros (RETA y Sistra) son fuentes centrales en el reconocimiento estadístico de este delito, sin embargo, no existe un registro de casos judicializados a cargo del Poder Judicial. Es decir, se desconoce cuántas de estas denuncias registradas terminan sancionándose por este delito o por delitos conexos. En este sentido, resulta necesaria la creación de una base de datos unificada de carácter nacional que contenga información proveniente de la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público y el Poder Judicial, desagregada por sexo, edad, modalidad de captación y fin de la explotación.

RECOMENDACIONES

En relación a la calidad de servicios brindados por las entidades a cargo de la atención a las víctimas de trata, se verificó que el 67% de las víctimas no tuvieron asistencia legal alguna. Asimismo, el Ministerio Público no ofreció las medidas de protección necesarias para las víctimas a pesar de su situación de riesgo (sólo en el 25% de los casos se dictó alguna protección); y en la mayoría de ellos, la PNP, el Ministerio Público y el Poder Judicial no reservaron la identidad de las víctimas. Finalmente, no existen casas de acogida especializadas en las que se puedan brindar servicios de alojamiento y atención psicológica a las afectadas para su reintegración en la sociedad.

En razón a ello, se ha recomendado entre otras medidas, garantizar la reservar la identidad de las víctimas, su declaración única en las cámaras Gesell o Sala de Entrevista Única. De la misma manera, se instó al Poder Judicial y al Ministerio Público a consensuar criterios para la calificación del tipo penal de trata de personas con el objeto de que tanto las investigaciones policiales y fiscales como el proceso judicial se realicen en el marco de la debida diligencia y los estándares internacionales, brindando justicia a las víctimas.