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GOBIERNO EMITE REGLAMENTO SOBRE EL FONDO INVIERTE PARA EL DESARROLLO TERRITORIAL

Fuente: Andina

El Poder Ejecutivo aprobó hoy el reglamento del Decreto Legislativo N°1435, que establece la implementación y funcionamiento del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial (FIDT), el cual reemplazará al Foniprel y el Fonie.

Cabe indicar que por Decreto Legislativo Nº 1435 se reestructuró el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local (Foniprel) como FIDT y se dispuso la liquidación del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (Fonie).

Mediante Decreto Supremo N° 001-2019-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se emitió el mencionado reglamento sobre el FIDT, que consta de cinco capítulos, 17 artículos y cuatro disposiciones complementarias finales.

Según la reglamentación, el FIDT tiene por finalidad el financiamiento o cofinanciamiento de inversiones y estudios de preinversión de competencia de los gobiernos regionales y locales en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Dichos proyectos deben estar orientados a reducir las brechas en la provisión de servicios e infraestructura básicos, que tengan mayor impacto en la reducción de la pobreza y pobreza extrema en el país y que generen un aumento de la productividad con un enfoque territorial.

El FIDT constituye un mecanismo concursable de asignación de recursos, y es competitivo e igualitario al contemplar criterios de agrupamiento de los gobiernos regionales y locales para fines del concurso, además de que es inclusivo al priorizar las inversiones y estudios de preinversión en territorios con mayores niveles de pobreza y pobreza extrema del país.

Consejo directivo

La representación de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) recae en la Secretaría de Descentralización, quien preside el consejo directivo del FIDT.

La designación de los representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico se acreditan mediante comunicación escrita del titular de las referidas entidades dirigida a la Secretaría de Descentralización de la PCM.

Mientras que la designación de los representantes de la Asamblea de Gobiernos Regionales, de la Asociación de Municipalidades del Perú, y de la Red de Municipalidades Rurales del Perú se acredita mediante comunicación escrita del representante legal de la respectiva organización dirigida a la Secretaría de Descentralización de la PCM.

Recursos y servicios

Los recursos del FIDT se destinan a las inversiones y estudios de preinversión que tengan por objeto la prestación de los siguientes servicios que los gobiernos regionales y locales tienen la responsabilidad de brindar o de garantizar en el ámbito de sus competencias:

1. Servicios de salud básica

2. Desnutrición y/o anemia infantil

3. Servicios de educación básica

4. Infraestructura vial

5. Servicios de saneamiento

6. Electrificación rural

7. Infraestructura agrícola

8. Telecomunicación rural

9. Apoyo al desarrollo productivo

La Secretaría Técnica elabora las bases del concurso teniendo en consideración los recursos disponibles del FIDT, las cuales son propuestas al consejo directivo para su aprobación.