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Darán bono de hasta S/ 4,000 a los agricultores afectados por El Niño Costero

Fuente: Diario Gestión

Decreto de urgencia emitido hoy también autoriza el otorgamiento de asistencia alimentaria temporal gratuita para los damnificados de los distritos declarados en estado de emergencia.

El Ejecutivo emitió hoy el decreto de urgencia N° 007-2017, mediante el cual se disponen medidas de ayuda al sector agrario y pesquero, afectados por El Niño Costero.

Así, se crea un un “bono extraordinario de mitigación agropecuaria por emergencia” por S/ 1,000 por hectárea, con un máximo de hasta cuatro hectáreas, a fin de atenuar las pérdidas sufridas en las zonas declaradas en estado de emergencia.

También se crea el Fondo Financiero Agropecuario (FFA) por S/ 100 millones, a cargo del Agrobanco, para otorgar una línea de crédito a las instituciones financieras nacionales, con la finalidad que éstas canalicen tales recursos a:

(i) la refinanciación y/o reprogramación de las obligaciones derivadas de créditos agropecuarios de los productores que se encuentran en zonas declaradas en emergencia.

(ii) al financiamiento de capital de trabajo a los productores agropecuarios perjudicados con la pérdida total o parcial de su producción como consecuencia de los fenómenos naturales y que se encuentren en las zonas declaradas en Estado de Emergencia.

Pesca
Para este sector se amplía hasta el 31 de diciembre el plazo del Sistema de Formalización Pesquera Artesanal (SIFORPA) “para facilitar el desarrollo de la actividad pesquera artesanal a través de la formalización de embarcaciones de hasta 6.48 de arqueo bruto”.

Además, se establece como medida excepcional, el aplazamiento del pago de multas administrativas impuestas por infracción a la normativa pesquera y acuícola que resulten exigibles y no se encuentren incursas en algún proceso judicial, hasta por un plazo de 150 días calendario.

Asistencia alimentaria
El decreto también autoriza el otorgamiento de asistencia alimentaria temporal gratuita a ser brindada a los damnificados de los distritos declarados en estado de emergencia, a través de los Comedores Populares y Gobiernos Locales, conforme se determine en las disposiciones que emitirá el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

“La asistencia alimentaria gratuita se brindará por sesenta (60) días calendarios, prorrogables, mediante resolución del titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, señala la norma.